Los enemigos de la Iglesia. La Francmasonería.--->
Del Libro: La Religión Demostrada. Fundamentos de la fe Católica ante la razón y la ciencia. P. A. Hillaire; Ex profesor del Seminario Mayor de Mende Superior de los Misioneros del Sagrado Corazón.
Quinta y última verdad: 2da. parte.
Necesidad de pertenecer a la Iglesia Católica.
Hablando a los cristianos, ¿Es necesario para salvarse pertenecer a la Iglesia Católica?
Sí, porque Jesucristo ordena a todos los hombres que formen parte de su Iglesia, bajo pena de condenación eterna.
1º Él dijo a los apóstoles de su Iglesia;
“Id por todo el mundo predicad el Evangelio a toda criatura; el que creyere será salvado, y el que no creyere será condenado…
Quien a vosotros oye, a Mí me oye; quien os desprecia, a Mí me desprecia y desprecia también a mi Padre que me ha enviado … Si alguien no escucha a la Iglesia, sea para vosotros como gentil y publicano”.
Según estas palabras, la Iglesia es la autoridad viviente, establecida por Jesucristo para que le represente en el mundo.
Es así que todo hombre debe sujetarse a la autoridad establecida por Dios para que lo represente en la tierra, como un súbdito está obligado a obedecer a los representantes de su soberano. Luego todos los hombres están obligados a someterse a la Iglesia.
2º Para salvarse hay que creer lo que Jesucristo enseña;
hacer lo que manda y recibir de Él la vida de la gracia.
Es así que sólo en la Iglesia Católica se cree en la doctrina de Cristo, se practican sus Preceptos y se recibe su Gracia. Luego es necesario para salvarse pertenecer a la Iglesia Católica.
Ella es el camino fijado por Dios para conducir a los hombres a la salvación. Todo el que rehúsa este Camino se pierde.
3º Jesucristo es el Único mediador entre su Padre y nosotros;
la Iglesia es la única mediadora entre nosotros y Jesucristo. Es, pues, necesario entrar en la Iglesia para ir a Jesucristo, para ir a Dios.
Por consiguiente, quienquiera que voluntariamente permanezca fuera de la Iglesia Católica, no puede llegar a la salvación.
“No puede tener a Dios por Padre quien no tiene a la Iglesia por Madre”.
Esta necesidad de pertenecer a la Iglesia Católica no es más que una consecuencia de las demostraciones precedentes.
Una religión es necesaria al hombre: una sola religión es verdadera; la religión cristiana es esta religión verdadera y divina; luego hay que seguir y practicar la religión cristiana.
Es así que la religión cristiana no se halla sino en la verdadera Iglesia de Jesucristo, en la Iglesia Católica, puesto que ella ha recibido el depósito de los dogmas y de los preceptos revelados por Jesucristo, y que sólo ella posee derecho y poder de comunicar la gracia fruto de los méritos del Redentor.
Luego es necesario, bajo pena de muerte eterna, entrar en la Iglesia Católica tan luego como se hayan conocido su origen, su misión y su autoridad divina.
1º Jesucristo ordena a sus Apóstoles que iluminen a los hombres.
Con la predicación del Evangelio, que los santifiquen con los Sacramentos y los dirijan por medio de leyes. Al mismo tiempo impone a los hombres la obligación de obedecer a los Pastores de la Iglesia como a Él mismo:
“Quien a vosotros oye, a Mí me oye,”; etc.
Todos los hombres, por tanto, están obligados por un precepto formal de Jesucristo, a escuchar a aquellos que enseñan en su nombre, a recibir de sus manos la vida de la gracia encerrada en los Sacramentos, a obedecer sus preceptos bajo pena de despreciar al Hijo de Dios y a su Padre, que le envió a la tierra para salvar a los hombres.
Todo el que creyere en la palabra de los Apóstoles y fuere bautizado, se salvará: todo el que no creyere, será condenado.
2º Para ir al cielo hay que seguir el camino trazado por Dios.
Oigamos a un ilustre orador moderno:
“Para entrar en posesión de la felicidad sobrenatural, Dios puede señalarnos una ruta especial y única, Él tiene el derecho de subordinar la conquista de esa felicidad a cierto conjunto de condiciones obligatorias; si nosotros no las cumplimos, si no marchamos por el sendero que nos trazan, tendrá pleno derecho para desheredarnos del trono que nos ha prometido en el cielo.
¿Hay nada más legítimo? pregunto yo. Soldados, ¿veis ese fuerte?
Mañana tendréis que apoderaros de él por asalto. ¿Por qué lado, capitán?
Por el Norte, es la única parte por donde es accesible y, además, ésta es mi voluntad. Entendido. Y los soldados obedecen.
“Ahí tenéis el poder de un general, ahí tenéis la obligación de un ejército.
Ya lo habréis comprendido, Señores; el ejército somos nosotros; el fuerte es la meta inmortal a la cual aspiramos; el general es Dios.
Él tiene sobre nuestros destinos un dominio absoluto. Libre para fijar nuestras glorias y nuestras alegrías futuras, no lo es menos para fijar el camino que debe conducirnos a ellas, Si le place decirnos: Tú pasarás por allá y nada más que por allá, tan luego como sus planes nos sean anunciados no tenemos que replicar ni una palabra.
No podemos decirle: No puedo; Él no manda lo imposible.
No podemos decirle: Eso no me gusta; no le corresponde a Él acomodarse a nuestros caprichos, sino a nosotros el acatar sus voluntades”[Mons. PLANTIER. Adviento de 1847].
Ahora bien, la Iglesia Católica es el único camino trazado por Dios para ir al cielo. Cualquier cristiano que rehúse creer en sus dogmas, recibir sus Sacramentos, seguir sus preceptos, será condenado.
El triple poder conferido por Nuestro Señor Jesucristo a su Iglesia es una prueba evidente de la voluntad divina.
Él le ha dado un poder doctrinal para enseñar las verdades reveladas, un poder sacerdotal, para conferir la gracia, un poder pastoral para regir la sociedad de las almas. Los que se niegan a someterse a este triple poder de la Iglesia, viven lejos de la salvación, como los paganos o adoradores de ídolos y los publicanos o pecadores impenitentes.
3º “ Nuestra salvación no viene sino de Jesús:
“Yo soy el camino, la verdad y la vida, dice Él; nadie llega al Padre sino por mí”[Jn 14, 6].
“El que en Mí no estuviere, será echado fuera como sarmiento y se secará, se le arrojará al fuego, y se quemará”[Id. 15, 6].
“Y no está en otro alguno (fuera de Jesús) la salvación, porque otro Nombre no hay debajo del cielo dado a los hombres en el cual podamos ser salvos”[Act 4, 12].
Luego, Jesucristo es el Único Mediador entre su Padre y nosotros.
La Iglesia no es más que una sola cosa con Jesucristo.
Es Jesucristo mismo prolongando su encarnación entre los hombres.
La Iglesia continúa en la tierra la misión de Jesucristo.
“Como mi Padre me ha enviado, así os envío Yo; mi Padre me ha enviado para salvar al mundo, Yo también os envío para salvar a los hombres de todos los tiempos y de todas las naciones”. No hay, pues, salvación posible fuera de la Iglesia.
La Iglesia es el cuerpo de Jesucristo, el complemento de Cristo, su desenvolvimiento a través de los siglos.
“Nadie, dice San Agustín, puede obtener la vida eterna si no tiene a Cristo por cabeza, si no pertenece a su cuerpo, que es la Iglesia.
Pero así como en un cuerpo sólo los miembros que lo constituyen están sometidos a la influencia de la cabeza, mientras los miembros extraños no pueden participar de su vida, así también los miembros extraños a la Iglesia no pueden recibir la gracia y la vida que Jesucristo, Cabeza de la Iglesia, comunica a sus miembros”.
La Iglesia es la esposa de Jesucristo de la manera que Eva, la esposa del primer Adán, es la madre de todos los hombres; la Iglesia, esposa del segundo Adán, debe ser la madre de todos los escogidos.
Esta es la enseñanza de todos los Santos Padres.
“Si alguien vive fuera de la Iglesia, dice San Agustín, no es del número de los hijos; y no queriendo tener a la Iglesia por Madre, no tendrá a Dios por Padre:
Nec habebit Deum Patrem qui Ecclesiam noluerit habere matrem” ("no puede tener a Dios por Padre el que no tiene a la Iglesia por Madre”).
“Aquel, dice San Cipriano, que abandona a la Iglesia de Jesucristo, no llegará a las recompensas de Jesucristo. No, no puede tener a Dios por Padre el que no tiene a la Iglesia por Madre”.
Además de esto, todos los Santos Padres emplean la comparación del Arca de Noé. Ninguno de los que no entraron en el Arca de Noé se salvó; tampoco se salvará nadie que no entre en la Iglesia Católica.
La máxima, pues, “fuera de la Iglesia no hay salvación”, resulta de las palabras del Evangelio, de los escritos de los Santos Padres y de toda la tradición cristiana.
Conclusión.
El hombre no es libre para elegir entre las varias sectas cristianas y la Iglesia Católica. Sostener lo contrario seria afirmar, o que Jesucristo al fundar su Iglesia hizo una obra perfectamente inútil, lo que es una blasfemia, o que todas las religiones son buenas, lo que es un absurdo manifiesto, puesto que de dos creencias opuestas una necesariamente es la verdadera; y sería impío suponer que Dios pueda permanecer indiferente entre el error y la verdad.
¿Qué significa la máxima: Fuera de la Iglesia no hay salvación?
1º Esta máxima no significa:
Todo el que no sea Católico será condenado; sino que, siendo obligatoria para todos la religión Católica, el que rehusa instruirse acerca de Ella, o abrazarla "una vez conocida", peca gravemente y se hace acreedor a la condenación eterna.
2º En cuanto a los que no conocen a la Iglesia Católica, si observan la ley natural grabada en su corazón, si cumplen con los deberes que les dicta la conciencia, Dios, que quiere la salvación de todos, les dará las luces y gracias necesarias para conseguir la salvación. Estos tales se salvarán por el deseo implícito de pertenecer a la Iglesia.
Sin embargo, es una gran desgracia no conocer a la Iglesia, porque ese desconocimiento lleva consigo la privación de los medios eficaces que esta buena Madre ofrece a sus hijos para que puedan llegar fácilmente al cielo.
Se puede pertenecer a la Iglesia: o en realidad, o por deseo, al menos implícito.
Llamamos implícito: el deseo contenido en la voluntad expresa y general de emplear los medios y observar las leyes establecidas por Dios para conseguir las salvación.
Es de necesidad de precepto pertenecer a la Iglesia en realidad, y de necesidad de medio el pertenecer a Ella, por lo menos, en deseo implícito. La necesidad de la Iglesia, por consiguiente, no se diferencia de la del Bautismo.
Para salvarse, hay que recibir el Bautismo en realidad o en deseo: de la misma manera, hay que pertenecer a la Iglesia Católica, en realidad o en deseo.
Esta doctrina puede explicarse en otros términos: Es de necesidad de precepto pertenecer al cuerpo de la Iglesia, y de necesidad de medio pertenecer a su alma.
El cuerpo o la parte visible de la Iglesia, es la sociedad de los fieles bautizados, unidos visiblemente entre sí por la profesión de la misma fe, la participación de los mismos Sacramentos y la sumisión a los pastores legítimos.
El alma, o parte invisible de la Iglesia, es la gracia santificante, principio de vida sobrenatural. Las almas que la poseen, unidas invisiblemente a Jesucristo por la fe, esperanza y, sobre todo, por la caridad, están unidas entre sí como las ramas del árbol que reciben del mismo tronco la misma savia y la misma vida. Para pertenecer al alma de la Iglesia es suficiente estar en estado de gracia, y poseer la vida divina que Jesucristo nos mereció con su muerte, y que Él nos comunica por el Espíritu Santo.
1º Todo aquel que reconoce a Jesucristo como a Dios y a la Iglesia Católica como a la única divina, y que esto, no obstante, se mantiene fuera de su seno, no puede salvarse, porque se niega a cumplir el gran precepto impuesto por Jesucristo a todos los hombres de que sean miembros de su Iglesia.
¿Es injusto excluir de la salvación a los herejes y a los cismáticos de mala fe que, por capricho y con obstinación, se niegan a buscar la verdad, o que, aún viendo la luz, permanecen voluntariamente en las tinieblas?
¿No es acaso justo que aquellos que rehusan entrar en el Arca de la salvación perezcan en el naufragio?
¿Que los que no quieren pertenecer a la casa de Dios en la tierra sean excluidos de la celestial Jerusalén?
Los que dudan de la verdad de su religión, deben buscar la verdadera Iglesia.
El hereje, el fiel, que atormentados por la duda, descuidan la oración, dejan de consultar y de ilustrarse, se hacen reos de pecado grave.
2º ¿Pueden salvarse los que no conocen a la Iglesia?
Esta pregunta puede referirse a los niños y a los adultos.
A) Los niños de los paganos, de los cismáticos, de los infieles, si son válidamente bautizados, reciben con el bautismo la gracia santificante, y no la pierden sino cuando, con advertencia plena, caen en falta grave.
Los niños que mueren sin el bautismo, y, por consiguiente, fuera de la Iglesia, están no privados de la felicidad sobrenatural y de la visión beatífica.
Pero esta dicha les es debida, porque supera las exigencias de la naturaleza humana.
Según la enseñanza común de los teólogos, estos niños no sufren la pena de sentido; tampoco sufren, según Santo Tomás, el sentimiento de tristeza que podría causarles la pérdida de la visión de Dios.
Gozan de la felicidad natural, que hubiera sido la herencia de la naturaleza humana, si Dios no nos hubiera elevado al orden sobrenatural, y bendecirán eternamente al Creador por haberlos sacado de la nada.
B)La salvación para los adultos que viven en las sectas heréticas, cismáticas, pagánicas o en las naciones infieles.
1º Una ley desconocida no puede obligar.
Los que ignoran el Evangelio desconocen a la Iglesia de Jesucristo y, por lo mismo, se hallan involuntariamente fuera de ella; no pueden ser condenados por este simple hecho: Nadie se condena sino por su culpa.
La buena fe excusa: Dios no imputará a los que están fuera de la Iglesia sin culpa propia y por ignorancia invencible, un estado del que no son responsables.
Estos tales no están obligados más que a servir a Dios mediante el cumplimiento de los deberes que les impone la conciencia.
2º Si estos hombres, los infieles, observan con fidelidad la ley natural grabada en todos los corazones, y los herejes y cismáticos, además de la ley natural, las positivas, en la parte que haya llegado a su noticia; si están dispuestos a abrazar la verdad que llegue a su conocimiento; en una palabra, si hacen de su parte todo lo posible, Dios les dará las gracias que necesitan.
Al que hace de su parte todo lo posible, Dios no le niega su gracia:
Facenti quod est in se, Deus non denegat gratiam,(Confiar lo que es en sí mismo, Dios no niega la gracia)" ,dicen los teólogos.
Él quiere la salvación de todos, para todos dispone y concede gracias suficientes para que puedan alcanzar la justificación y la salvación.
Si Dios no les hace conocer exteriormente, mediante la predicación, las verdades necesarias para salvarse, lo hará interiormente por sí mismo o por el ministerio de los ángeles.
“Dios, dice Santo Tomás, enviará un ángel para introducir en la Iglesia a los hombres de buena voluntad, antes que dejarlos que se pierdan”[Summa Theologica III par, q. 1].
Escuchemos al inmortal Pontífice Pío IX, en su Encíclica del 10 de agosto de 1863:
“Nosotros sabemos que aquellos que viven en la ignorancia invencible de nuestra religión y que siguen fielmente los preceptos de la ley natural impresa en todos los corazones; que, dispuestos a seguir la voluntad de Dios, llevan una vida ordenada y honesta, sabemos que pueden, con el auxilio de la luz y de la gracia divina, obtener la vida eterna; porque Dios, que penetra y ve perfectamente los pensamientos y las disposiciones de todos los espíritus, en su clemencia y en su soberana bondad no permite que nadie sea castigado con suplicios eternos sin haberse hecho culpable de una falta voluntaria”.
3º ¿Significa lo dicho que éstos infieles, estos herejes, estos cismáticos de buena fe, se salvarán fuera de la Iglesia?
No, por cierto, por lo mismo que tienen el deseo sincero de hacer la voluntad de Dios de abrazar la verdad pertenecen a la Iglesia con el corazón, puesto que estarían en ella si la conocieran; teniendo la caridad perfecta, desean implícitamente pertenecer a la Iglesia, y este deseo suple la incorporación real, como el deseo implícito del bautismo suple el bautismo mismo.
Ellos pertenecen, sino al cuerpo, por lo menos al alma de la Iglesia.
Conclusión.
Estos hombres de buena fe y de buena voluntad, ¿son muchos?
Las Iglesias griega y rusa, las sectas protestantes de Alemania, de Inglaterra, de Suiza, de América, ¿ocultan a muchos elegidos?
Es éste un misterio que sólo Dios puede conocer. Si nada es más cierto que este principio: Fuera de la Iglesia no hay salvación, nada es más misterioso que su aplicación, porque ésta encierra tres elementos insondables [Véase Mons. BESSON. La Iglesia]: la gracia de Dios, la conciencia del hombre y la hora de la muerte.
Creemos útil llamar la atención del lector sobre las palabras de un escritor muy serio, el abate Pirenne, en sus Estudios filosóficos sobre las principales cuestiones de la Religión Revelada.
Ellas pueden contribuir a salvar, en el momento de la muerte, una gran multitud de almas.
"Supongamos que el pagano y dígase lo mismo de los herejes, de los cismáticos y de los pecadores, mueren amando a Dios o sí mismo y sobre todas las cosas con caridad perfecta; por lo miso se salva.
Porque con la caridad sobrenatural él lo tiene todo:
la caridad justifica por sí mismo. Y notad que el grado más débil de caridad es suficiente, porque la esencia de una virtud no consiste en su intensidad (una gota de agua es tan agua como todo el océano), y la cantidad de una cosa no influye en su naturaleza. Por tando, la cridad subsiste con el apego al pecado venial, y particularmente, subsiste sin ninguna devoción sensible.
Estáis por consiguiente salvados, desde el momento que dejáis esta vida amando a Dios por si mismo y sobre todas las cosas. Estáis salvado, cualquiera que sean las circunstancias en que os encontréis.
Que en el momento supremo, pagano, hereje o pecador, vuestra voluntad, movida por la gracia de Dios, produzca una caridad perfecta, aunque muy débil, y vuestra salvación está asegurada, porque la caridad hace perfecta a la contrición, la caridad y la contrición perfecta contienen el deseo, por lo menos implicito, del bautismo y de la confesión.
Si se desea saber de qué modo se comunica la caridad a los hombres, he aquí la contestación de los teólogos: Dios dará lo necesario a todos aquellos que hacen lo que humnamente depende de ellos, aun cuando para esto tuviera que hacer un milagro.
Las personas que se hallan junto a los moribundos, aunque sean éstos herejes, pueden fácilmente moverlos a hacer actos de caridad perfecta, hablándoles de la excelencia, de la bondad, de la amabilidad y de la beleza infinitas de Dios, en comparación del cual todos los bienes creados no son más que polvo.
De estos principios incontestables resulta que, relativamente a la salvación, se pueden distinguir, entre los hombres, las clases siguientes:
1º, El Católico en estado de gracia: pertenece, al mismo tiempo, al cuerpo y al alma de la Iglesia, y, si muere en ese estado, su salvación está asegurada.
2º El Católico pecador: es decir, en pecado mortal actual, no pertenece al alma de la Iglesia más que por los vínculos de la fe y de la esperanza; es un miembro paralizado que puede revivir todavía, pero que, por el momento, está privado de vida. Si la muerte lo sorprende en pecado mortal, su desgracia es irremediable.
Pero como pertenece al cuerpo de la Iglesia, tiene mil medios para volver a Dios.
3º El apóstata: que se ha alejado por sí mismo del seno de ta Iglesia.
4º El incrédulo, el hereje, el cismático ocultos que no han roto abiertamente con la Iglesia, pertenecen a su cuerpo; pero se hallan separados de su alma y en camino de perdición.
5º El hereje, el cismático de buena fe, el excomulgado penitente (arrepentido) no pertenecen al cuerpo de la Iglesia, pero puede estar unidos a su alma por los lazos de la fe y de la caridad divina: si mueren sin falta grave en la conciencia, o con contrición perfecta, se salvarán.
6º Finalmente, los infieles, los que no han oído hablar del Evangelio, se hallan en el estado en que se hallaban los gentiles antes de la venida del Mesías; no tienen más deberes que cumplir que los que conocen por la ley natural y por la educación, la cual les ha transmitido, aunque alteradas, las tradiciones primitivas acerca de Dios, la existencia de otra vida.
El infiel que cree como venido de Dios todo lo que él sabe de la verdadera religión, que no pide sino ser instruido acerca de las verdades de la fe, que observa la ley divina tal como la conoce; se salvará, porque pertenece al alma de la Iglesia por los dones interiores de la gracia.
No habrá, pues, más perdidos sin remedio que los apóstatas, los incrédulos, los herejes, los cismáticos y los infieles de mala fe, los excomulgados impenitentes y los católicos muertos en pecado mortal[47].
III. ORGANIZACIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA.
La Iglesia Católica es la sociedad de los fieles reunidos por la profesión de una misma fe, la participación de los mismos Sacramentos, la sumisión a los pastores legítimos, cuyo jefe visible es el Papa, sucesor de San Pedro y Vicario de Jesucristo en la tierra.
El cuerpo social de la Iglesia comprende el conjunto de los pastores y de los fieles.
¿Cuáles son los pastores legítimos de la Iglesia?
Son el Papa, los Obispos, los Sacerdotes consagrados e instituidos de acuerdo con las reglas establecidas.
1° El Papa es el Vicario de Jesucristo, el sucesor de San Pedro y el pastor supremo de la Iglesia.
Es elegido por los Cardenales:
Una vez nombrado, no depende sino de Dios, que le comunica directamente sus poderes. Nadie puede juzgarle, ni privarle de su dignidad.
Los Cardenales, nombrados por el Papa y revocables a voluntad del mismo, componen el Consejo ordinario del Soberano Pontífice: están puestos al frente de las diversas Congregaciones Romanas, que se distribuyen, bajo las órdenes del Papa, todo los negocios del gobierno de la Iglesia.
Al presente son los únicos que poseen el derecho de elegir al nuevo Papa.
2º Los Obispos son los sucesores de los Apóstoles, o encargados por el Espíritu Santo del gobierno espiritual de las diócesis bajo la autoridad del Papa, que les da la institución canónica.
Los Patriarcas, Primados y Arzobispos son simplemente Obispos con una dignidad más elevada y una jurisdicción más extensa. Como el Papa, cada Obispo tiene un consejo para ayudarle en el gobierno de la diócesis. Los vicarios generales son los auxiliares del Obispo en la administración de la diócesis.
3º Los Sacerdotes son los cooperadores de los Obispos.
Así como el universo católico está dividido en circunscripciones llamadas diócesis, así éstas, a su vez, se subdividen en Parroquias. Los Sacerdotes son designados por los Obispos para el gobierno de las parroquias; tienen a veces auxiliares, llamados tenientes, coadjutores.
El Papa y los Obispos forman el clero superior, la Iglesia docente; los simples Sacerdotes forman el clero inferior. Los primeros tienen la misión de definir la verdadera doctrina y de condenar el error; los simples Sacerdotes tienen por oficio predicar a los fieles lo que es definido y propuesto por la Iglesia docente.
4º Para ser pastor legítimo es necesario:
El poder del Orden, conferido al Obispo por la Consagración Episcopal y al Sacerdote por la Consagración Sacerdotal; el poder de jurisdicción, dado por el superior para ejercer las funciones espirituales.
Estos dos poderes, recibidos por vía de Sacramento y por vía de Misión, no son otra cosa que los poderes de Jesucristo comunicados a sus ministros.
De esta manera Jesucristo gobierna su Iglesia, hasta en las parroquias más pequeñas, por medio de sus pastores legítimos. A cada uno de ellos ha dicho:
“Quien os escucha, me escucha a Mí…”.
Los simples Sacerdotes reciben su jurisdicción del Obispo, el Obispo del Papa, el Papa de Jesucristo, que la ha conferido directamente a San Pedro y a todos sus sucesores.
Un simple cura no tiene más jurisdicción que sobre su Parroquia y está directamente sometido a su Obispo; un Obispo no tiene jurisdicción, sino sobre su diócesis y depende del Papa.
El Papa posee plenitud de jurisdicción sobre la Iglesia universal, y no depende más que de Dios. Tal es la jerarquía o subordinación de poderes que produce la unidad efectiva de gobierno.
Por consiguiente, un Sacerdote no constituido por su Obispo, un Obispo no reconocido y aprobado por el Papa, no son pastores legítimos: son intrusos, y los fieles deben evitarlos como a falsos pastores, como se practicó siempre en la Iglesia.
5º Los miembros de la Iglesia son todos los hombres bautizados;
sujetos al Papa por intermedio de los pastores subalternos; se les llama fieles o verdaderos creyentes, porque profesan la verdadera religión de Jesucristo.
Vamos a estudiar esta organización en los tres artículos siguientes:
1º El Papa, sus prerrogativas, sus poderes.
2º Los Obispos, los Sacerdotes, sus diversos poderes.
3º Los simples fieles.
1º El Papa sus prerrogativas, sus poderes
¿Quién es el Papa?
El Papa es el Vicario de Jesucristo, el sucesor de San Pedro, el doctor infalible, el Padre común de los pastores y de los fieles, la Cabeza Suprema y visible de la Iglesia.
Se le llama también Sumo Pontífice porque él es el príncipe de los pontífices, el Obispo de los Obispos.
1º El Papa es el Vicario de Jesucristo.
Ser Vicario de Jesucristo es hacer sus veces. Nuestro Señor Jesucristo es el jefe invisible de la Iglesia, nunca deja de dirigirla, de asistirla, de vivificarla y de gobernarla. Pero la Iglesia, sociedad visible, tiene necesidad de un gobernador visible: ese gobernador supremo es el Papa, que hace las veces de Jesucristo y le representa en la tierra.
2º El Papa es el sucesor de San Pedro.
Sucesor de San Pedro, en la sede de Roma, el Papa ha heredado la autoridad del príncipe de los Apóstoles, primera Cabeza de la Iglesia universal. Él es, por consiguiente, como San Pedro, el Obispo de Roma y el Supremo Jerarca de toda la Iglesia.
3º El Papa es el doctor infalible de la Iglesia.
Ha recibido de Jesucristo la misión de enseñar a todos, pastores y fieles, las verdades de la fe. Los Obispos están obligados a someterse a sus enseñanzas, y nada pueden enseñar sin su aprobación expresa o tácita.
Él es infalible, a saber, no puede equivocarse cuando llena los deberes de su cargo.
4º El Papa es el Padre común de los pastores y de los fieles.
Después de Dios, él es la fuente de la vida sobrenatural; la Cabeza que da a la Iglesia, cuerpo místico de Jesucristo, el movimiento, la fuerza y la vida.
5º El Papa es el Pastor supremo de la Iglesia.
El ha recibido directamente de Nuestro Señor Jesucristo, en la persona de Pedro, la plenitud de la autoridad sobre la Iglesia universal.
¿Cuáles son las facultades o poderes del Papa?
El Papa, sucesor legítimo de San Pedro, recibe directamente de Jesucristo, como recibió el Príncipe de los Apóstoles, la Autoridad soberana sobre toda la Iglesia.
Posee el primado de honor y de jurisdicción, el pleno poder de apacentar y gobernar a los pastores y a los fieles.
“El primado del Papa es el principio permanente y él fundamento visible de la unidad de la Iglesia” (Concilio Vaticano I).
El Hijo de Dios, para asegurar la unidad perfecta en su Iglesia la constituyó en forma de monarquía.
Al efecto, estableció aquí en la tierra, en la persona de Pedro un representante, un Vicario, al cual confirió la autoridad soberana en el orden espiritual. Sucesor de Pedro, el Papa es, como él, verdadero Vicario de Jesucristo, la autoridad suprema de la monarquía, el monarca de la Iglesia.
Esta autoridad soberana del Papa dimana claramente de las tres verdades siguientes, ya demostradas:
1° Jesucristo dio a San Pedro un primado de honor y de jurisdicción soberana sobre toda la Iglesia.
Por eso, después de la Ascensión vemos al Príncipe de los Apóstoles ejercer un poder soberano en la Iglesia primitiva: él es el primero en todo, y en todo obra como el jefe supremo. Tal aparece el Papa en el Evangelio y en los Hechos de los Apóstoles (Fundación de la Iglesia).
2° Jesucristo quiso que este primado fuera perpetuo y pasara a los sucesores de Pedro.
El Salvador instituyó el primado de San Pedro para mantener en la Iglesia la unidad de fe y de gobierno, unidad de creencia y de régimen que debe durar tanto como la Iglesia misma.
Por consiguiente, es necesario que la Iglesia tenga siempre una cabeza; que el edificio tenga siempre su fundamento; el rebaño, su pastor.
De lo contrario, las promesas divinas no se cumplirían, y la obra de Jesucristo sería herida de muerte. Luego el poder de San Pedro no es un poder personal: debe pasar a sus sucesores.
3° Finalmente, hemos comprobado por la historia que el Pontífice Romano es el legítimo sucesor de San Pedro en la sede de Roma.
Es así que la forma de gobierno establecida por Jesucristo en su Iglesia debe durar tanto como la Iglesia misma; es a saber, hasta la consumación de los siglos. Luego el Papa, sucesor de San Pedro, hereda todos los derechos y todos los poderes del Príncipe de los Apóstoles para el gobierno de la Iglesia universal.
Tal aparece el Papa en la historia y en la tradición cristiana.
Estas tres verdades son de fe, según las definiciones del Concilio Vaticano I:
a) “Si alguien dijere que el Apóstol Pedro no ha sido constituido por Nuestro Señor Jesucristo en cabeza visible de toda la Iglesia militante; o que no ha recibido directamente de Nuestro Señor Jesucristo más que un primado de honor, y no de verdadera jurisdicción, sea anatematizado”.
b) “Si alguien dijere que no es por institución de Jesucristo o de derecho divino que el apóstol Pedro tenga sucesores perpetuos de su primado sobre toda la Iglesia; o que el Pontífice Romano no es el sucesor del Apóstol Pedro en este primado, sea anatematizado”.
¿Cuáles son los poderes que posee el Papa en virtud de su primado sobre la Iglesia?
En virtud de su primado, el Papa tiene la plenitud de los tres poderes que Jesucristo ha dado a su Iglesia: el poder de enseñar, el de santificar y el de gobernar a pastores y fieles.
Él ejerce estos tres poderes por sí mismo o por medio de sus delegados en la Iglesia, universal.
El Papa es el Doctor infalible, el Supremo Pontífice, el Pastor supremo de la Iglesia de Jesucristo.
En la respuesta a la pregunta del número anterior hemos probado el primado del Papa; resta explicar la naturaleza de este primado y los poderes que comprende.
Tal es el orden seguido por el Concilio Vaticano I en su constitución "Pastao Aeternus" sobre la Iglesia.
Este será el objeto de las siguientes preguntas.
Caracteres de los poderes de la Iglesia.
1º Son poderes divinos.
El Papa no recibe su poder soberano de la Iglesia, ni de los príncipes temporales, ni de los Cardenales que lo eligieron, sino que los recibe directamente de Jesucristo, que los dio a Pedro y a sus sucesores.
Una cosa es nombrar o elegir un individuo como sucesor del príncipe, y otra cosa muy distinta es conferirle el poder: lo uno procede del hombre, lo otro de Dios.
Los Cardenales designan solamente la persona que debe gobernar la Iglesia, pero Jesucristo es quien le ha dado todos los poderes en la persona de Pedro.
2º Los poderes del Papa son supremos.
El primado o el oficio de Pastor supremo que pertenece al Papa no consiste en un simple derecho de vigilancia y de dirección, como puede tenerlo un presidente de república, sino en la plenitud de la autoridad espiritual.
San Pedro fue constituido en único fundamento de la Iglesia, recibió sin restricción las Llaves del Reino de los Cielos, fue nombrado Pastor de todo el rebaño; luego el poder soberano concedido a San Pedro contiene la plenitud de la autoridad espiritual necesaria para el gobierno de la Iglesia.
El Papa, por lo tanto, no tiene superior en la tierra: no depende sino de Dios.
3º Los poderes del Papa son universales.
Se extienden a todos los miembros de la Iglesia, pastores y fieles, reyes y súbditos. Todo cristiano, sea Obispo, emperador o presidente de república, está sujeto a la autoridad espiritual del Papa.
4º Los poderes del Papa son ordinarios, es decir, inherentes a la dignidad del Soberano Pontífice.
El Papa posee estos poderes, no por delegación, sino en virtud de su cargo, como sucesor de San Pedro y vicario de Jesucristo.
5º Los poderes del Papa son inmediatos.
El Papa los puede ejercer sin intermediario y en todos los casos posibles, sobre todos los pastores, sobre todos los fieles de la Iglesia entera. Pastor de todos, el Papa tiene derecho de cuidar directamente de todos.
Tal es la doctrina del Concilio Vaticano I.
“Por consiguiente, si alguien dijere que el Pontífice Romano no tiene más que un cargo de inspección y de dirección y no un pleno y supremo poder de jurisdicción sobre la Iglesia universal, no solamente en las cosas que se refieren a la fe y a las costumbres, sino también en aquellas que pertenecen a la disciplina y al gobierno de la Iglesia esparcida por todo el universo;
o que solamente tiene la parte principal y no toda la plenitud de este poder; o que el poder que le pertenece no es ordinario e inmediato, tanto sobre todas y cada una de las Iglesias, como sobre todos los pastores y sobre todos los fieles y sobre cada uno de ellos, sea anatematizado”.
He aquí, según las decisiones del Concilio Vaticano I, las principales consecuencias del primado del Sumo Pontífice:
1º El Papa puede y debe comunicar libremente con los pastores y con los rebaños de la Iglesia entera, y no está sujeto a la conformidad del poder civil.
2º El Papa es el Juez supremo de los fieles: todos tienen el derecho de recurrir a su tribunal en todas las causas que son de la competencia eclesiástica.
3º El juicio del Papa no puede ser reformado por nadie, y no es permitido apelar sus decisiones al Concilio Ecuménico como a una autoridad superior al Papa. El Concilio reprueba y condena las teorías contrarias [Const. Pastor aeternus III].
Es la condenación de viejos errores, que tanto ruido, tanto daño hicieron a la Iglesia bajo los nombres:de Galicanismo en Francia, Josefismo en Alemania, Regalismo en Italia.
¿Cuáles son los poderes del Papa como doctor infalible de la Iglesia universal?
El Papa, posee el magisterio soberano para enseñar todo lo concerniente al dogma, la moral y el culto de la religión cristiana.
El Papa, explica todo lo que Jesucristo ha prescripto que se crea que se haga o que se evite para ir al cielo.
Él señala y condena todos los errores contrarios a la revelación, y todos los hombres están obligados a creer en su palabra como en la palabra de Dios mismo.
1º El Papa es el guardián del depósito sagrado de las verdades de la fe, encargado de repetirnos las enseñanzas divinas, de explicarnos su sentido y mantener así en todas partes la unidad de creencia.
El Papa posee, en el más alto grado, el poder doctrinal: tiene el derecho y el poder de enseñar a la Iglesia universal acerca de todos los puntos de la doctrina cristiana.
2º Para guardar eficazmente el depósito de las verdades reveladas, el Papa debe poder alejar el error. Es imposible que no se susciten en la Iglesia controversias sobre la fe o la moral.
Pues bien, esas discusiones no podrían tener término si no existiera un Juez supremo para dirimirlas con una sentencia inapelable.
El Papa es este Juez soberano e infalible. Si no existiera este poder del Papa, la unidad de doctrina y de creencia sería imposible, como lo prueba la historia del protestantismo.
¿Es infalible el Papa?
Sí; el Papa es infalible cuando enseña como doctor de la Iglesia universal, todo lo que se refiere a la fe o a las costumbres. Jesucristo ha prometido al Papa su asistencia para preservarla del error.
Él dijo a Pedro: “Yo he rogado por ti para que tu fe no desfallezca, y tú, a tu vez, confirma a tus hermanos”. Pero Pedro no podría confirmar a sus hermanos en la fe si él mismo estuviese sujeto a error.
El Papa debe, como Pedro, ser el fundamento de la Iglesia; más si no fuera infalible, este fundamento podría ser socavado por el error, y con él caería la Iglesia, lo que está en contra de las promesas de Jesucristo. Luego, el Papa es infalible.
Como Pedro, el Papa está encargado de apacentar los corderos y las ovejas de Jesucristo; pero, si no fuera infalible, no podría alimentar a su rebaño con la sana doctrina.
La infalibilidad del Papa es, pues, necesaria para que los cristianos estén ciertos de andar en pos de él por el camino de la salvación.
La infalibilidad del Papa no es ni la impecabilidad personal, ni la inspiración profética, ni una revelación particular; es una asistencia divina que preserva al Papa de todo error cuando expone las verdades reveladas.
El Papa, por consiguiente, no es impecable en su vida y en su conducta.
No es infalible tampoco cuando habla como particular, como sabio, como teólogo y acerca de temas extraños a la religión. Únicamente es infalible cuando, a título de Doctor supremo de la Iglesia, define imponiendo a todos la obligación de aceptarla, una enseñanza concerniente al dogma o a la moral.
Para que el Papa sea infalible se requieren tres condiciones:
1º Que su decreto recaiga sobre una cuestión concerniente a la fe, a las costumbres o a la disciplina de la Iglesia.
2º Que emita un juicio definitivo con la voluntad formal de obligar las conciencias.
3º Que hable como Pastor y Doctor de todos los cristianos, en virtud de su autoridad apostólica.
Se dice entonces que el Papa habla “ex cathedra”, es decir, sentado en la sede de Pedro, como deber estar sentado todo juez que dicta sentencia.
1º El Papa es infalible.
Las tres sentencias de Jesucristo que prueban el primado del Papa prueban también su infalibilidad.
a) Primera sentencia.
“Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, y las puertas del infierno no prevalecerán contra ella”. De esta suerte, Jesucristo hizo de Pedro el fundamento firme, sólido, inconmovible de la Iglesia, puesto que el infierno no puede prevalecer contra ella.
Pues bien, Pedro no sería un fundamento sólido y firme, si pudiera equivocarse. Luego, debe ser infalible. Es así que la promesa de Jesucristo es general y abarca todos los tiempos. Luego, la infalibilidad de Pedro debe pasar a sus sucesores.
Jesucristo añade:
“Todo lo que atares en la tierra será atado en el cielo”.
Según estas palabras, los juicios de Pedro deben ser ratificados en el cielo.
Es así que Dios no puede aprobar el error; luego, los juicios de Pedro serán infalibles.
b) Segunda sentencia.
Jesucristo, la víspera de su Pasión, dijo a Pedro:
“Simón, Simón, Satanás va tras vosotros para zarandearos a todos como el trigo cuando se criba; pero Yo he rogado por ti a fin de que tu fe no desfallezca; y tú, a tu vez, confirma a tus hermanos”.
Jesucristo, cuya plegaria es necesariamente escuchada, ha pedido, y de hecho obtenido, que la fe de Pedro no falle nunca.
Pero un hombre cuya fe no puede fallar es infalible. Luego, Pedro es infalible. Pero es evidente también que estas palabras del Salvador se dirigen también a todas los sucesores de Pedro, puesto que heredan con el cargo su misión de confirmar en la fe a sus hermanos, es decir, a los fieles de todos los tiempos. Luego, todos los Papas son infalibles.
c) Tercera sentencia.
Jesús dijo a Pedro:
“Apacienta mis corderos, apacienta mis ovejas”.
El alimento del rebaño espiritual es, ante todo, la verdad para las inteligencias, el bien para los corazones: Es necesario, pues, que los pastores y los fieles estén seguros de hallar, junto a la sede de Pedro, la verdadera doctrina de la salvación.
Por consiguiente, al recibir la misión de apacentar los corderos y has ovejas de Cristo, Pedro recibía, a la vez, la gracia de estado necesaria para preservarlos de los pastos del error y del vicio.
Lo mismo hay que decir de todos las sucesores de Pedro, es decir, de todos los Papas.
2º La infalibilidad pontificia es una necesidad.
a) Es necesaria al Papa.
Dios distribuye siempre sus dones proporcionalmente a los deberes y responsabilidades que impone.
El Papa, Doctor de los cristianos, debe enseñar la verdad a toda la Iglesia y condenar todos los errores. Mas, para que pueda desempeñar debidamente estas funciones, es necesario que esté seguro de no engañarse; y no lo podría estar si no fuera infalible.
Debía, pues, Dios en su Sabiduría y en su Justicia el otorgar al Papa la infalibilidad.
b) La infalibilidad del Papa es necesaria para los Obispos.
Ellos están obligados a enseñar lo que enseña el Papa. Por consiguiente, si este Maestro supremo no fuera infalible podrían verse obligados a enseñar el error y engañar a la Iglesia.
c) La infalibilidad del Papa es necesaria para los fieles.
Estos deben obedecer a los Obispos y al Papa.
Si este último puede equivocarse, se verían obligados a desviarse del camino de la verdad, siguiendole, como están obligados a seguirle. Y, a la verdad, supongamos que el Papa puede enseñar el error: si los fieles le siguen, se pierden con él, y la Iglesia dejaría de ser la guardiana de la verdad.
Si no le siguen, tendremos la división del cisma, la destrucción de la unidad de la Iglesia. Es, pues, necesario que el Papa sea infalible.
Podemos añadir que la infalibilidad de los Concilios ecuménicos no bastaría para salvaguardar los intereses de la Iglesia.
Dadas las grandes dificultades que se oponen a la convocación de estos Concilios, la Iglesia estaría privada, durante la mayor parte del tiempo, de un juez infalible, capaz de acudir con un remedio pronto a los cismas y a las herejías que pueden surgir en todo tiempo [Véase San Alfonso M. de Ligorio, Verdad de la Iglesia Catilica].
Definición del Concilio Vaticano I (1870 1871)
“Por esto, adhiriendo fielmente a la Tradición que se remonta al principio de la fe cristiana, por la gloria de Dios, por la exaltación de la religión Católica y la salvación de los pueblos cristianos.
Nosotros enseñamos y definimos, con la aprobación del santo Concilio, que es un dogma divinamente revelado, que el Pontífice Romano, cuando habla “ex cathedra”, es decir, cuando desempeñando la misión de Pastor y Doctor de todos los cristianos, en virtud de su suprema autoridad apostólica, define que una doctrina relativa a la fe o a las costumbres debe ser creída por la Iglesia universal, goza plenamente, por la asistencia divina que le sa sido prometida en la persona del bienaventurado Pedro, de la infalibilidad de que ha querido el divino Redentor que su Iglesia estuviera dotada al definir su doctrina relativa a la fe o a las costumbres y, por consiguiente, que tales definiciones del Pontífice Romano son de suyo irreformables y no en virtud del consentimiento de la Iglesia.
“Y si alguien, lo que Dios no quiere, tuviere la temeridad de contradecir nuestra definición, sea anatematizado”[Véase Conc. Vat. I Pator aeternus IV].
Consecuencias de esta definición del Concilio.
1º, El Papa goza, absolutamente de la misma infalibilidad que la Iglesia en las cuestiones de fe y de moral.
2º Sus enseñanzas, para ser irreformables, no necesitan del consentimiento de los Obispos.
3º No se puede apelar de una definición pontificia a un Concilio general, puesto que el Soberano Pontífice goza personalmente de la misma prerrogativa que la Iglesia docente, separada o reunida en Concilio.
Objeciones.
Quizá se nos diga que la palabra infalible no se halla en el Evangelio.
Concedido; pero la cosa expresada con esa palabra se halla, y de una manera evidente, en el Evangelio.
El Concilio Vaticano I no ha inventado la infalibilidad pontificia: la ha encontrado en el Evangelio, en la historia y en la Tradición de la Iglesia.
Todos los Concilios ecuménicos de Oriente y de Occidente han admitido la infalibilidad pontificia, puesto que pedían al Papa la confirmación de sus, decretos.
Los Padres y Doctores de los primeros siglos recibieron siempre como sentencias definitivas las decisiones de los Papas.
Todas las edades han adoptado la divisa de San Agustín: “Roma ha hablado, la causa ha terminado”.
Todas las naciones Católicas, sin exceptuar una sola, han reconocido la infalibilidad del Papa.
El galicanismo, inventado por Luis XVI, era una novedad en la Iglesia de Francia.
No fue aceptado sino forzosamente y sólo por treinta y cinco Obispos, sobre ciento treinta que contaba entonces la Iglesia de Francia.
Esta Iglesia ha rechazado siempre, con su manera de obrar, las herejías de los cuatro artículos.
Por ejemplo, cuando a fines del siglo XVII fue votada por la Constituyente la constitución civil del clero, hubo división entre los clérigos y los Obispos.
Más repentinamente llega la noticia de que el Papa la condena e, inmediatamente, esos Obispos, esos Sacerdotes, divididos ayer, se hallan de acuerdo; se expatrian o mueren en el cadalso, antes de oponerse a la palabra del Papa.
Por eso el Papa Pío VII aplicaba a Francia la parábola de los dos hijos:
“Hay pueblos, decía, que me contestan: sí, Padre Santísimo; y no hacen nada de lo qué yo prescribo. Los franceses empiezan diciéndome: No; pero luego ponen gran diligencia en obedecer escrupulosamente mi palabra”.
La infalibilidad del Papa no tiene nada que pueda intranquilizar los ánimos.
A veces se oye decir:
¿No podría abusar el Papa de este poder exorbitante?
Es una objeción pueril. El Papa no puede abusar de su infalibilidad. ¿Por qué? Precisamente porque es infalible.
El privilegio de la infalibilidad es Dios quien lo concede y quien lo guarda y preserva de todo abuso.
La infalibilidad del Papa no es la infalibilidad del hombre; sino la infalibilidad de Dios presente en el Papa, iluminando al Papa, a fin de que no pueda inducir a error al mundo que él, a su vez, ilumina.
Luego, creer en la enseñanza del Papa no es creer a un hombre, sino a Dios, que habla por su boca.
¿Cuáles son los poderes del Papa como Soberano Pontífice de la Iglesia?
El Papa, como Sumo Pontífice, posee en el más eminente grado el poder de santificar, concedido por Nuestro Señor Jesucristo a su Iglesia.
Goza de la plenitud del sacerdocio, que puede ejercer sobre todos los puntos del globo; él reglamenta todo lo que se refiere al culto, a la administración de los Sacramentos, y abre a los fieles el tesoro de las indulgencias.
El poder de santificar es el poder más divino que Jesucristo concedió jamás a la Iglesia. La santidad es la semejanza con Dios por medio de la gracia santificante, que es la vida sobrenatural de nuestra alma.
Esta vida divina se nos da por los Sacramentos.
Pero, ¿quién da a los Obispos y a los Sacerdotes el poder de bautizar, de confirmar, de perdonar los pecados, de consagrar la Eucaristía, de bendecir el matrimonio, ete.? El Papa: Todos los Sacramentos nos vienen de Jesucristo, por el Papa, que es su Vicario.
El Papa es, pues, el Padre de todos los cristianos, puesto que por él recibimos la gracia de Dios, la vida divina encerrada en los Sacramentos, de los cuales es el supremo dispensador.
Sin el Papa no hay Obispos; sin Obispos no hay Sacerdotes; sin Sacerdotes no hay Sacramentos, no hay vida divina en las almas.
Es, por consiguiente, el Papa el que tiene la llave de las fuentes de la gracia.
Es también el Papa quien abre, mediante las indulgencias, el tesoro de satisfacciones sobreabundantes de Cristo y de los Santos.
¿Cuáles son los poderes del Papa como Pastor Supremo de la Iglesia?
El Papa, como Pastor Supremo, posee el pleno poder de jurisdicción en el gobierno de la Iglesia.
Tiene el poder de gobernar la Iglesia universal, de dictar leyes, de juzgar y castigar a los culpables.
El Papa ha recibido de Jesucristo, en la persona de Pedro, las Llaves del Reino de los Cielos, el poder de atar y desatar en la tierra; el poder de apacentar, regir y gobernar los corderos y las ovejas.
Puede, por consiguiente, dictar leyes que obliguen a todos los cristianos.
No hay sociedad perfecta sin la autoridad necesaria para gobernar, a los asociados.
La autoridad del Papa comprende los tres poderes: administrativo, legislativo y judicial-coactivo.
1º En virtud del poder administrativo, el Papa puede crear diócesis, modificar sus límites, y aún suprimirlas si el bien de la Iglesia así lo exige.
Nombra e instituye a las Obispos, Patriarcas, Cardenales, y los depone si lo juzga conveniente.
Convoca los Concilios generales, los preside y confirma sus decretos.
2º En virtud del poder legislativo, el Papa puede dictar leyes obligatorias para todos; modificar o abrogar las existentes; conceder o revocar las dispensas y privilegios.
3º En virtud del poder judicialcoactivo, el Papa puede juzgar, por sí mismo o por medio de sus delegados, a los infractores de las leyes de la Iglesia, e infligirles penas, ya espiritual, ya temporales.
Todos los asuntos religiosos en litigio son de su competencia; las causas más importantes le están reservadas.
Todo cristiano puede apelar de cualquier tribunal al del Papa.
En Roma, diferentes tribunales despachan, por su orden, los asuntos contenciosos del mundo católico.
La Jurisdicción del Papa se extiende a todos los miembros de la Iglesia, cualquiera que sea su dignidad civil o religiosa.
El Papa es el Jefe supremo, el virrey del reino de Jesucristo, así como su legislador soberano y juez supremo. Nadie tiene el derecho de restringir o estorbar el poder del Papa, porque es de institución divina.
La Roma antigua y pagana había concebido la ambición de someter a sus leyes el mundo entero. Esta ambición era una utopía, y su realismo no está en manos del hombre. Únicamente una sociedad divina puede realizar este sueño, porque sólo ella habla en nombre de Dios, que es el único que tiene derecho y poder para gobernar el universo.
Conclusión general.
1º Todo aquel que no cree lo que enseña el Papa es hereje: ya no está con la Iglesia ni con Jesucristo, y se aparta del camino de la salvación.
2º Todo aquel que desobedece al Papa y se niega a reconocer su autoridad legítima, desobedece a Jesucristo mismo y se hace culpable de su rebelión, es cismático.
3º Todo aquel que desempeña funciones eclesiásticas sin haber recibido del Papa, mediata o inmediatamente, el poder para ello, es un usurpador y un sacrílego.
¿Cuáles son los auxiliares del Papa en el gobierno de la Iglesia?
Son los Cardenales, cuyo cuerpo lleva el nombre de Sacro Colegio.
Ellos forman el consejo ordinario del Sumo Pontífice, y están al frente de las diversas Congregaciones Romanas, que se reparten, bajo la autoridad del Papa, el despacho de los asuntos referentes al gobierno de la Iglesia.
Muerto el Papa, los Cardenales se reúnen en Cónclave para elegir su sucesor.
La palabra Cardenal viene del latín, cardo, cardinis, que significa el quicio sobre el que gira una puerta, por alusión a la importante función de los Cardenales, sobre los que gira el gobierno de la Iglesia.
Los Cardenales ocupan el primer lugar después del Papa como dignatarios de la Iglesia, pero no como pastores; son de institución eclesiástica, a diferencia de los Obispos, que existen por derecho divino.
En una bula publicada en 1586, Sixto V fijó en setenta el número de dos Cardenales, divididos en tres órdenes, para recordar los tres grados de la jerarquía sagrada, seis CardenalesObispos, cincuenta cardenalesPresbíteros y catorce CardenalesDiáconos.
El Papa los elige de todas las naciones, pero la mayor parte de ellos tiene su residencia en Roma.
La reunión del Sagrado Colegio, presidida por el Papa, se llama consistorio, y en él se tratan los grandes intereses de la Iglesia, y el Sumo Pontífice preconiza, es decir, instituye canónicamente a los Obispos.
3º Los Obispos, los Presbíteros; sus diversos poderes.
¿Cuáles son, con el Papa, los pastores legítimos de la Iglesia?
Son los Obispos, canónicamente instituidos.
Los Obispos son los sucesores de los Apóstoles, encargados por Jesucristo del gobierno espiritual de las diócesis, bajo la autoridad del Sumo Pontífice.
Son nombrados por el Papa, que es su príncipe supremo, como San Pedro era el príncipe de los Apóstoles.
La palabra Obispo significa vigilante, inspector, superintendente; y se les da este nombre porque los Obispos deben vigilar a los fieles y guardarlos como un buen pastor guarda su rebaño.
Gobierno de la Iglesia.
El gobierno de la Iglesia es monárquico, y la suprema autoridad reside en el Papa. Pero como la Iglesia ocupa toda la tierra, le sería imposible al Sumo Pontífice solo ejercer las funciones del ministerio pastoral.
Necesita, por lo mismo, de auxiliares para administrar, bajo su supremacía, las diferentes regiones de la tierra. Los primeros coadjutores del GobernadorSupremo de la Iglesia fueron los Apóstoles, elegidos y nombrados por Jesucristo.
Un rey no se conforma con tener ministros, sino que divide su reinó en provincias, al frente de las cuales pone gobernadores que las rijan bajo su alta autoridad.
I. Los Obispos
Los Obispos son los sucesores de los Apóstoles; como el Papa es el sucesor de San Pedro. No son simples mandatarios del Papa, sino verdaderos príncipes, verdaderos pastores, establecidos por derecho divino.
Jesucristo mismo instituyó a los Obispos para ayudar y secundar al Papa en el gobierno de la Iglesia: posuit episcopos regere Ecclesiam Dei,(ha nombrado para gobernar la Iglesia de Dios) [Act, XX, 28].
Los Apóstoles, encargados de propagar la Iglesia por toda la tierra, tenían una jurisdicción universal.
Los Obispos, sucesores de los Apóstoles, no han heredado este privilegio: su jurisdicción se limita a un territorio.
Pero esto no impide que estén revestidos del mismo carácter y que ejerzan, en sus diócesis respectivas, la misma autoridad que los Apóstoles en el mundo entero: Ellos son los jefes y los pastores de los fieles sujetos a su jurisdicción.
Nombramiento y misión de los Obispos. Los Obispos reciben de Dios su potestad de orden, y del Papa, su potestad de jurisdicción.
Para ser legitimo pastor no basta ser consagrado por el sacramento del Orden, es necesario, además, ser enviado a una diócesis por el Papa, único que posee el poder de las llaves, conferido por Jesucristo a San Pedro.
Por consiguiente, sólo el Papa tiene el derecho de instituir Obispos, de darles la jurisdicción, y a él es a quien deben dar cuenta de su administración.
El gobierno que ha obtenido del Papa, por un concordato, el privilegio de designar los sujetos para el episcopado, los presenta simplemente al Papa para hacerlos elegir, pero no les confiere jurisdicción alguna espiritual y no puede retirarles sus poderes.
Jerarquía episcopal.
Todos los Obispos son iguales entre sí, en lo referente al carácter episcopal, como lo eran los Apóstoles.
Sin embargo, la Iglesia ha asignado a ciertas Sedes, títulos que les dan derecho a una jurisdicción más extensa, o que son solamente honoríficos. Tales son los Arzobispos, los Primados y los Patriarcas.
El, Arzobispo o Metropolitano es el Obispo de la ciudad principal de una provincia eclesiástica. Posee cierta jurisdicción sobre los Obispos de su provincia, que se llaman sufragáneos. Puede convocar y presidir los concilios de su provincia, juzgar las causas en apelación y, en ciertos casos, visitar las diócesis.
El Primado tenía cierta autoridad sobre todos los Obispos de uña nación; mas hoy, este título es puramente honorífico.
El Patriarca preside a todos los Obispos de un pueblo o de una región; hoy no tiene autoridad efectiva sino en las Iglesias orientales. Los Patriarcas son muy pocos.
Se llaman Vicarios apostólicos los Obispos de las misiones; Obispos titulares aquellos que llevan el título de una Iglesia que fue Católica en otros tiempos, pero que ahora es hereje o infiel.
Los Prefectos apostólicos son jueces de misión que, sin ser Obispo, pueden conferir las órdenes menores, administrar el sacramento de la confirmación y ejercer cierta jurisdicción.
Los Abades son superiores de un monasterio erigido en abadía; pueden oficiar de pontifical y conferir a sus súbditos las órdenes menores.
¿Cuáles son los poderes del Obispo?
El Obispo es el jefe espiritual de su diócesis: posee, como el Papa, y bajo su dependencia, el triple poder de enseñar, de santificar y de gobernar a su pueblo.
Ejerce sobre cada uno de sus diocesanos una jurisdicción ordinaria e inmediata.
El Espíritu Santo lo ha establecido para gobernar esta porción de la Iglesia de Cristo.
En su diócesis, el Obispo posee:
1º El magisterio doctrinal para enseñar a su pueblo;
2º El ministerio sacerdotal para santificarlo;
3º El ministerio pastoral o la autoridad de gobierno para dirigirlo hacia el cielo.
1º Magisterio doctrinal.
En virtud de su magisterio, el Obispo es el juez y doctor de la fe; toma parte en los Concilios como testigo y juez de la enseñanza tradicional de la Iglesia.
En su diócesis enseña la doctrina revelada, y nadie puede dedicarse al ministerio de la predicación: sin autorización de él.
Aunque el Obispo no sea infalible, los fieles tienen obligación de adherir, con la inteligencia y el corazón, a su enseñanza: su magisterio y su unión con la Santa Sede a ello les obligan.
Sin embargo, si se descubriera que ha caído en error, está permitido, no el combatirle, sino el apelar al Papa.
El Obispo vigila para que el error no se deslice entre los fieles confiados o su cuidado; inspecciona los libros y los diarios o periódicos, para condenar los malos y recomendar los buenos.
Él cuida de que la educación dada en las escuelas públicas o privadas sea profundamente cristiana.
2º Ministerio sacerdotal.
El Obispo posee la plenitud del sacerdocio, por consiguiente, administra el Sacramento de la Confirmación, que hace perfecto al cristiano, y el de Orden, que consagra a los Obispos, a los Sacerdotes, a los Diáconos, etc.
Es, en su diócesis, el primer ministro de los Sacramentos. También consagra los Santos Óleos, los Templos, los Altares, los Vasos Sagrados.
3º Ministerio pastoral.
El Obispo posee sobre toda la diócesis una autoridad de gobierno inmediata y ordinaria. Para llegara sus fieles, no necesita pasar por intermediarios; él es el pastor propio de sus diocesanos: No obra como delegado o vicario del Papa, sino que sus poderes son inherentes a su cargo.
La autoridad espiritual de los Obispos comprende un triple poder:
a) El poder administrativo:
los Obispos erigen y suprimen las parroquias; nombran a los que han de gozar de las dignidades y beneficios eclesiásticos; dan los poderes a los Sacerdotes; vigilan la administración temporal de las fábricas, la ejecución de los legados piadosos; visitan sus diócesis, celebran Sínodos, educan y forman el clero.
b) El poder legislativo:
en Sínodo o fuera de él, los Obispos tienen el derecho de dictar leyes, de estatuir reglamentos estables en lo que concierne a la disciplina y a la vida de los clérigos y de los fieles. Pueden, por consiguiente, prohibir la lectura de diarios nocivos, la asistencia de los niños a las escuelas sin Dios, y la venta de bebidas en los mesones, tabernas y cafés durante los oficios parroquiales, etc.
c) El poder judicial y coercitivo:
el Obispo puede juzgar a los culpables y castigarlos con penas espirituales, hasta separarlos de la comunión de la Iglesia; y así como puede imponer censuras, puede también reservarse la absolución de las mismas.
Este triple poder, teniendo como tiene su origen en Dios, es independiente del poder civil y del pueblo cristiano; pero no por eso es arbitrario, sino que debe ser ejercido en conformidad con los cánones y constituciones pontificias.
Los Concilios.
Se llama Concilio una asamblea de Obispos legítimamente convocados y reunidos para juzgar de las cosas concernientes a la fe, a las costumbres o a la disciplina de la Iglesia.
Hay dos clases de Concilios: el Concilio general o ecuménico, que representa a toda la Iglesia, y el Concilio particular, que representa a una o varias provincias.
Para un Concilio general se requieren cinco cosas:
1º Ha de ser convocado por el Papa.
2º Todos los Obispos deben ser invitados, pero no es necesario que asistan todos: basta que su número sea suficientemente grande para representar a la Iglesia universal.
3º El Concilio debe ser presidido por el Papa o por sus legados.
4º El Concilio ha de ser libre en sus deliberaciones.
5º Sus decisiones han de ser confirmadas por el Papa.
¿Cuál es la autoridad del Concilia general?
El Concilio general es la Iglesia docente, compuesta por el Papa y por los Obispos. Pero hemos probado antes que la Iglesia así considerada es infalible (Véase Primado de San Pedro.)Luego el Concilio General es infalible.
Sus cánones y decretos o definiciones dogmáticas hacen ley en la Iglesia universal y deben ser venerados como palabras del mismo Dios: El Concilio general posee también la autoridad legislativa: negar obediencia a las leyes por él dictadas sería desobedecer a Dios mismo.
¿Cuál es la utilidad de los Concilios?
No son absolutamente necesarios, puesto que Jesucristo no los ha hecho obligatorios, y que un Concilio general no tiene mayor autoridad que el Papa solo.1).
Sin embargo, son muy útiles:
1º La doctrina Católica es proclamada en ellos de una manera más solemne;
2º El pueblo siente mejor que la doctrina definida es la de toda la Iglesia;
3º El Papa se rodea de más luz humana, y los Obispos ponen más celo en hacer observar las leyes dictadas por el Concilio.
¿Cuántos Concilios ecuménicos ha habido?
Sin contar el Concilio de Jerusalén, celebrado por los Apóstoles bajo la presidencia de San Pedro, se cuentan hasta hoy diecinueve Concilios ecuménicos: los ocho primeros, en Oriente; y los restantes, en Occidente (Hoy decimos veinte, teniendo en cuenta el Concilio Vaticano II celebrado en esa ciudad).
El primero se celebró en Nicea, en el año 325 para condenar a Arrio, que negaba la divinidad de Jesucristo; el, último fue el del Vaticano I, celebrado en 1870 y que definió como dogma de fe la infalibilidad del Papa. Actualmente se celebra en Roma el Concilio Vaticano II.
Los Concilios particulares no son infalibles, a menos que sean expresamente confirmados por el Papa. Los Obispos de una provincia o de una nación tienen el derecho de reunirse en Concilio, porque el derecho de reunión es un derecho natural, y si pertenece a todos, con mayor razón a los pastores de las almas.
2° Auxiliares y cooperadores de los Obispos. Cuales son los auxiliares del Obispo en el gobierno de su diócesis?
Son los Vicarios generales y los Canónigos de la Iglesia catedral.
1º Los Vicarios generales son los auxiliares y los delegados del Obispo, y no constituyen con él más que una persona moral.
Son nombrados por el Obispo, quien puede destituirlos cuando le plazca.
2º Se llaman canónigos, de la palabra griega “kanon”: regla, los consejeros del Obispo, y le asisten en las ceremonias pontificales (Llamados hoy consultores).
El cuerpo de canónigos forma el cabildo de la catedral, cuyo primer dignatario es el Deán. A la muerte del Obispo, la jurisdicción pasa al cabildo, que, dentro de los ocho días, debe nombrar Vicario capitular, cuya función es administrar la diócesis mientras esté vacante la sede.
¿Cuáles son los cooperadores de los Obispos?
Los cooperadores de los Obispos son los Presbíteros o Sacerdotes.
Estos pastores de segundo orden, sucesores de los setenta y dos discípulos elegidos por Jesucristo, son consagrados y enviados por el Obispo, que les comunica una parte de sus poderes.
Los Sacerdotes propuestos bajo la autoridad del Obispo al gobierno de las parroquias, se llaman curas; en las parroquias importantes tienen por auxiliares a Sacerdotes que se llaman coadjutores.
Los Sacerdotes son en las parroquias los representantes del Obispo, del Papa y de Jesucristo mismo.
La palabra Presbítero significa, anciano, hombre de experiencia: indica la gravedad y la sabiduría que deben distinguir a los ministros de Dios.
La palabra cura, del latín “curator”, designa al presbítero encargado del cuidado de las almas.
Todos los presbíteros son iguales por el carácter, pero no todos están investidos de los mismos poderes de jurisdicción ni revestidos de las mismas dignidades.
1º No pudiendo el Obispo hallarse al mismo tiempo en todos los lugares de su diócesis para predicar, explicar el catecismo, celebrar la Misa, bautizar, confesar, bendecir los matrimonios, administrar los últimos auxilios espirituales a los moribundos, etc., divide su diócesis en diversas parroquias, y las confía a un Sacerdote para que ejerza en ellas esos ministerios.
2º Los presbíteros son consagrados, nombrados y enviados por el Obispo de la diócesis, como el Obispo es enviado por el Papa, como el Papa es enviado por Jesucristo.
El Sacerdote no es un empleado, un funcionario del Estado; no recibe de los hombres su autoridad, sus derechos ni atribuciones.
Ningún poder civil puede revocarlo ni quitarle sus poderes. Los Obispos nombrados sin el Papa, lo mismo que los Sacerdotes nombrados sin el Obispo, son intrusos de quienes se apartan los verdaderos fieles.
¿Cuáles son los poderes de los Sacerdotes?
Los curas poseen el poder de instruir a los fieles, de santificarlos con la oración y los Sacramentos y de guiarlos al cielo.
El Sacerdote es el hombre de Dios y el hombre del pueblo, el mediado entre el cielo y la tierra.
El Sacerdote es el doctor de la verdadera ciencia, el dispensador de los dones divinos y el guía del camino del cielo.
1º Los Sacerdotes enseñan la religión.
Preparados para este ministerio por largos años de estudio, los curas están encargados de enseñar a sus parroquianos la más importante y la más necesaria de todas las ciencias: la religión. Para evitar el olvido de esta ciencia, la recuerdan a los fieles, mediaste instrucciones frecuentes. El Sacerdote es el doctor de la verdadera ciencia.
2º El Sacerdote tiene por misión santificar a los fieles.
Hay tres medios de santificación: la oración, el Santo Sacrificio y los Sacramentos.
El Sacerdote ora: siete veces al día, recita las horas canónicas del Breviario, esa gran oración de la Iglesia; todos los días ofrece el Santo Sacrificio de la Misa… Ora por los que no oran, y detiene el brazo de Dios provocado por los crímenes de la tierra. El Sacerdote es el hombre de oración.
El Sacerdote, como su nombre lo dice, “sacerdos”, es el dispensador de los Sacramentos. Él engendra el alma para la vida sobrenatural por el Bautismo; la alimenta con la Eucaristía; la levanta con la Penitencia y la prepara con la Extremaunción para comparecer ante Dios.
3º El Sacerdote guía a sus fieles hacia el cielo.
El Sacerdote es el intermediario entre Dios y el pueblo. Así como no se puede ir a Dios sino por Jesucristo, así tampoco se va a Jesucristo sino por el Sacerdote. Nuevo Moisés, el Sacerdote ha recibido la misión de guiar a las almas, a través del desierto de la vida presente, hasta la tierra prometida de la eternidad.
“Al Sacerdote le incumbe el cuidado de explicar la ley divina, de decir lo que está ordenado, permitido o prohibido. A él corresponde la misión de dirigir la vida, de santificar la muerte, de abrir y cerrar las puertas del cielo.
A él toca el hacer llegar al género humano a sus destinos. La dignidad del más humilde de los Sacerdotes sé que lo digo con gran escándalo del siglo pero no importa es superior a la dignidad del más grande de los monarcas, por la razón de que el menor de los bienes en el orden sobrenatural, aventaja infinitamente al mayor de los bienes en el orden natural”.
¿Por qué en nuestros días es combatido el Sacerdote?
1º Porque molesta a los que obran mal, recordándoles que hay un Dios, un infierno, un paraíso, una eternidad.
“Todos los malvados, dice Monseñor de Ségur, todos los borrachos, todos los malos sujetos, todos los ladrones, todos los demagogos, todos los incendiarios, son enemigos de los curas.
El hecho es cierto. Por otro lado, la gente buena, los hombres de bien, las personas honradas, estimables, delicadas, todos miran con simpatía al cura.
Este hecho también es cierto. Hay que concluir entonces, que se anda con muy malas compañías cuando se combate a los Sacerdotes”.
2º La segunda causa de la enemistad contra el Sacerdote es el odio de la francmasonería.
Esta secta infernal tiene por fin la destrucción del Sacerdote y la religión Católica. Para esto, los masones vilipendian al Sacerdote, lo calumnian en los clubes, en los diarios y de otras mil maneras. Como odian a Nuestro Señor Jesucristo, es natural que maldigan al Sacerdote, encargado de continuar la misión del HombreDios.
Nunca les veréis combatir a los rabinos judíos, ni a los ministros protestantes, ni al morabito, ni a los Sacerdotes de otros cultos. Sienten instintivamente que ningún carácter divino realza a los representantes de estas sectas religiosas.
Pero frente al Sacerdote Católico, se exasperan y multiplican las calumnias y las persecuciones.
Estos ataques no deben sorprendernos:
Jesucristo los anunció a sus Apóstoles:
“No es el siervo mayor que su Señor, si a Mí me han perseguido, también a vosotros os perseguirán”.
Estas palabras, como todas las de Cristo, deben cumplirse; las calumnias que se esparcen contra los Sacerdotes, tan lejos están de escandalizarnos que, antes bien, nos procuran una nueva prueba de la divinidad de la religión Católica.
¡Respeto, amor y adhesión al Sacerdote!
1. Respeto al Sacerdote.
Él es el hombre de Dios, su representante, su embajador para con los hombres.
1º El Sacerdote es grande en su misión: está encargado de continuar la obra de Nuestro Señor Jesucristo que bajó a la tierra para glorificar a Dios y salvar las almas: “Como mi Padre me envió, así Yo os envío”.
El embajador de un príncipe es tanto más respetado cuanto más grande es el soberano a quien representa. En él no se consideran ni sus cualidades ni sus méritos personales, sino su título.
Pues bien, el Sacerdote representa al Rey de los reyes, a Aquél ante cuya presencia son polvo y nada todos los reyes de la tierra. El Sacerdote es el embajador de Dios: “Pro Christo legatione fungimur”.
2º El Sacerdote es grande en los poderes que posee. Grande se mostró Moisés cuando con un golpe de su vara dividió las aguas del mar Rojo para salvar a su pueblo. Grande fue Josué cuando, con una palabra hizo detener el sol.
Pero más grande todavía es el Sacerdote en el altar, donde manda a su Dios todos los días: él dice al Hijo de Dios: “Ven a morar entre nosotros”, y dócil a esta voz, el Verbo de Dios, el Todopoderoso, el Creador de los mundos, baja al altar a encarnarse entre las manos del Sacerdote.
3º Es grande el Sacerdote en el tribunal de la penitencia.
Tiene en sus manos las Llaves del Reino de los Cielos. Un alma está muerta para la vida divina; los ángeles no pueden resucitarla; el Sacerdote habla y dice:
“Yo te absuelvo”, y esa alma resucita, y sus pecados quedan borrados para siempre.
4º Es grande el Sacerdote en el púlpito.
Habla en nombre de Dios, y dice:
“No os traigo mi doctrina, sino la doctrina de Dios que me envía”.
La Palabra divina ilumina el espíritu, consuela el corazón y penetra como una espada en las conciencias endurecidas.
5º Es grande el Sacerdote junto al lecho de los enfermos.
Él les da el certificado para penetrar en el cielo. Todos rechazan a los condenados a muerte, todos los abandonan… Llega un Sacerdote; toma entre sus manos sacerdotales las manos de ese criminal, manchadas todavía de sangre, estrecha contra su corazón puro ese corazón culpable, en el momento terrible, le dice:
“¡Hijo mío, sube al cielo!”… Y el cielo no puede rechazar a aquel que la tierra rechaza, pero que el Sacerdote le envía.
Tal es el Sacerdote: es otro Jesucristo, y con Jesucristo es el mediador entre el hombre y Dios.
2. Amar y adhesión al Sacerdote.
Él es el hombre del pueblo, el gran bienhechor de la humanidad. Él, como su divino Maestro, trae al mundo los dos bienes más necesarios: la verdad y la gracia.
1º El Sacerdote da al mundo la verdad.
La verdad es necesaria al hombre, como el sol al universo.
Sin el Sacerdote, el género humano se despeña en los errores más groseros y más repugnantes… Testigo, el mundo pagano; testigos, muchos de nuestros sabios modernos que se envilecen hasta el punto de sostener que el hombre desciende del mono.
El Sacerdote es la luz del mundo. Enseña al hombre la ciencia de la vida, la solución de todos los problemas que le interesan y los medios de ser feliz, aun en esta tierra, pero particularmente en la vida futura. El muestra el camino del honor y de la virtud, el camino del cielo.
Lo que el Sacerdote ha hecho en todos los tiempos en los países civilizados, lo hace también en los pueblos salvajes, a los que evangeliza a costa de su sangre y de su vida.
2º El Sacerdote trae al mundo la gracia, que es indispensable para practicar el bien.
La gracia fortalece las voluntades, arranca los vicios, hace nacer y florecer las virtudes. Por la gracia, la caridad se difunde en todos los corazones y alivia por todas partes las miserias humanas.
Casi no hay obra de beneficencia de la que el Sacerdote no sea el fundador o el inspirador o el sostén.
El librepensamiento ¿ha producido nunca un San Vicente de Paúl, una Hermana de la Caridad (Teresa de Calcuta), una Hermana Enfermera?
Fueron necesario volúmenes para poder narrar los beneficios del Sacerdote: él es el gran bienhechor de la humanidad.
Los impíos preguntan: ¿Para qué sirven los Sacerdotes?
Hombres insensatos o malvados ¿no son acaso necesarios para librar a la sociedad de los errores que vosotros esparcís con vuestros pestilentes periódicos y de las aberraciones televisivas?
¿No son acaso necesarios para que vosotros mismos podáis disfrutar en paz de vuestros bienes?…
Cuando el Sacerdote deje de estar presente para predicar la verdad, para proclamar los mandamientos de Dios, para conferir la gracia, entonces será el triunfo de la anarquía.
Los enemigos del orden bien lo saben: por eso hacen lo posible y lo imposible para suprimir al Sacerdote o aniquilar su influencia.
El Sacerdote es el hombre más necesario, el más indispensable: es más necesario que los jueces, los generales del ejército, los diputados, los senadores, etc.
El individuo puede vivir sin ellos, pero las sociedades no pueden vivir sin religión, ni la religión sin Sacerdotes.
El hombre es esencialmente religioso.
Mons. de Ségur, en su opúsculo “Los enemigos de los curas”, refuta las objeciones levantadas contra los Sacerdotes. “Hay en cada parroquia un hombre que no tiene familia, pero que es de la familia de todos al que se llama como testigo o como consejero de todos los actos solemnes de la vida; sin el cual no se puede nacer ni morir; que toma al hombre en el seno de la madre y no lo deja sino en la tumba; que bendice o consagra la cuna, el tálamo nupcial, el lecho de la muerte y el ataúd; un hombre a quien los niños se acostumbran a amar y temer;
a quien los mismos desconocidos llaman padre; a cuyos pies el cristiano hace las confesiones más íntimas y derrama las lágrimas más secretas; un hombre que, por su estado, es el consolador de todas las penas del alma y del cuerpo; el intermediario obligado entre la riqueza y la indigencia; que ve al pobre y al rico entrar alternativamente por su puerta: al rico para entregar la limosna secreta, al pobre para recibirla sin ruborizarse;
que no siendo de ninguna categoría social, pertenece igualmente a todas las clases inferiores por su vida pobre y, a veces, por la humildad de su nacimiento y a las clases elevadas por la educación, la ciencia y la nobleza de los sentimientos que la religión inspira e impone;
un hombre, en fin, que lo sabe todo, que tiene el derecho de decirlo todo, y cuya palabra cae de lo alto sobre las inteligencias y sobre los corazones, con la autoridad de una misión divina y el imperio de una fe absoluta. ¡Este hombre es el cura!” (Lamartine).
N. B. Los fieles no tienen participación alguna en la autoridad de la Iglesia, pero son llamados a cooperar con la Jerarquía en la difusión del Reino de Dios. También participan en las opiniones y discusiones teológicas, en las investigaciones científicas, apostando así, con su talento un bien enorme para la Iglesia universal.
¿Quiénes son los que no pertenecen a la Iglesia?
1º Los infieles, que no han recibido el bautismo.
2º Los herejes, que rechazan algún artículo de fe.
3º Los cismáticos, que niegan obediencia al Papa.
4º Los excomulgados, que la Iglesia rechazó de su seno por causa de sus crímenes.
5º Los apóstatas, que han renegado de la fe de Jesucristo después de haberla profesado.
Ninguno de éstos pertenece al cuerpo de la Iglesia, si bien algunos de ellos pueden pertenecer al alma de ella, que es, a saber, poseer la gracia santificante.
1º Los infieles son aquellos que no han recibido el bautismo.
Tales son los judíos, que no quieren reconocer a Jesucristo como el Hijo de Dios; dispersos por todo el mundo, que hacen una guerra encarnizada a la Iglesia Católica y a los pueblos cristianos.
Los mahometanos, llamados también musulmanes, esparcidos por Asia y África: observan la falsa religión inventada por Mahoma, jefe árabe que vivió a principios del siglo VII.
Los budistas o discípulos de Buda, muy numerosos en la China y en la India.
Los brahamanistas o discípulos de Brahma, extendidos por el Indostán.
Los idólatras, que adoran al sol, a los animales, a las plantas. Son también infieles aquellos que, en países cristianos, no han sido bautizados por negligencia o impiedad de sus padres.
2º Herejes son los hombres bautizalos que rehúsan tenazmente creer alguna verdad revelada por Dios y enseñada por la Iglesia como artículo de fe.
El nombre hereje deriva de una palabra griega que significa elegir, y designa a aquél que en religión distingue entre las verdades que consiente en creer y las rechaza.
Dios permite las herejías:
1º, para probar la fe de los fieles;
2º, para arrancar de la Iglesia las ramas secas que la afean;
3º, para comunicar mayor brillo a las verdades dé la fe.
Cada herejía es, para los doctores católicos, una oportunidad para poner más en relieve los dogmas combatidos, y para la Iglesia, el medio de fijarlos con mayor precisión.
El orgullo del espíritu y la corrupción del corazón son la fuente de todas las herejías. El espíritu humano rehúsa inclinarse ante la ciencia infinita de Dios, que nos revela sus misterios; el corazón viciado se rebela contra una moral que le parece demasiado severa.
3º Los cismáticos son aquellos que se separan de la Iglesia, negándose a obedecer a sus legítimos pastores, aun creyendo lo que ella enseña.
Tales son los griegos y los rusos.
4º Los excomulgados son los que la Iglesia ha expulsado de su seno por causa de sus crímenes. Tales son los francmasones, los duelistas, etc.
La excomunión es la pena más terrible que la Iglesia inflige.
Se corta una rama podrida para que no inficione todo el árbol.
Por eso la Iglesia, cuando uno de sus miembros se hace, por sus escándalos, peligroso para los demás, lo excomulga, es decir, lo arranca de su cuerpo, como un miembro gangrenado.
El excomulgado es muy digno de compasión, porque dejando de pertenecer a la Iglesia, deja de participar de sus bienes espirituales: Queda excluido de la comunión de los Santos y privado de sepultura eclesiástica.
5º Los apóstatas son los que reniegan de la fe Católica, después de haberla profesado.
Dejan de formar parte de la Iglesia cuando su apostasía es pública o manifestada por actos anticatólicos. Entonces son excomulgados.
Tales son los racionalistas, que se llaman a sí mismos librepensadores. La apostasía es un crimen enorme.
¿Quiénes son los que pertenecen al alma de la Iglesia?
1º Los niños que acaban de recibir el bautismo.
2º Los fieles que han conservado o vuelto a adquirir la gracia bautismal.
3º Todos los que están en estado de gracia.
Por consiguiente, los paganos, los herejes y cismáticos de buena fe pueden, con la ayuda de Dios, hacer un acto de perfecta caridad que les proporcione la gracia santificante necesaria para pertenecer al alma de la Iglesia.
Conclusión general.
Tal es la organización de la Iglesia Católica: admirable por el orden y la unidad.
1º El catolicismo entero, cada diócesis, cada parroquia, lleva el mismo sombre: el de Iglesia. El Papa, el Obispo, el simple Sacerdote llevan el mismo título: el de Pastores.
2º La jurisdicción del Papa no tiene límites: abarca el mundo entero; la del Obispo no se extiende más que a su diócesis, la del simple Sacerdote, a su parroquia.
Jesucristo envía al Papa, el Papa envía al Obispo, el Obispo envía al Presbítero. Pero el Papa, el Obispo y el Presbítero, aunque se diferencien entre sí por los honores y la jurisdicción, tienen el mismo poder en el altar y obran el mismo milagro; dan a Jesucristo al mundo.
3º El Papa, en virtud de su institución divina, dispensa a toda la Iglesia el triple beneficio de la doctrina, de los Sacramentos y de la dirección espiritual: instruye, santifica, gobierna el universo.
El Obispo, en virtud de la misma institución divina y bajo la dependencia del Papa, asegura los mismos beneficios a sus diócesis.
El Sacerdote, en virtud de la institución eclesiástica, instruye, santifica y gobierna su parroquia.
4º Así organizada, la Iglesia, dice el Concilio de Trento, es un ejército desplegado en orden de batalla, donde los soldados están bajo la obediencia de los capitanes, los Sacerdotes; los capitanes bajo la obediencia de los generales, los Obispos; y los generales bajo la obediencia del general en jefe, el Papa: fieles, Sacerdotes, Obispos, Papa, he ahí toda la Iglesia con Jesucristo por fundador.
Concepción divina, organización maravillosa, sociedad inconmovible e inmortal, que tiene por tesoro la sangre y los méritos del Salvador, y por fin, la adquisición de la vida eterna.
Si queréis alcanzar esa vida, permaneced en tan admirable sociedad; pero para permanecer eficazmente en ella, es necesario que seáis sumisos a los Sacerdotes, como los Sacerdotes lo son a los Obispos y los Obispos al Papa, que Jesucristo puso en la tierra para ocupar su lugar y ser su Vicario.
Sin esta sumisión, no perteneceríais con alma y corazón a la Iglesia, la cual subiría al cielo sin vos; porque está escrito:
“Quien por soberbia no quisiere oír al Sacerdote, muera”[Deut. XVII. 12].
5º La jerarquía de la Iglesia da a los fieles la firme seguridad de que se hallan en la verdadera religión. Cada católico, aun el menos instruido puede decir:
“Mi religión la he aprendido de boca de mi cura, que puso en mis manos, y me explicó, un librito llamado Catecismo.
Lo que él me enseña se remonta de él a mi Obispo, que lo envió con ese librito; por mi Obispo, esta enseñanza se remonta al Papa, que envió a mi Obispo; por el Papa, esta misma enseñanza se remonta de Papa a Papa, hasta San Pedro, que la recibió de Jesucristo.
“Mi religión es la misma que San Pedro enseñaba y que él había recibido de Jesucristo. Porque si el cura que me instruye mudara algo en la doctrina Católica, los otros Sacerdotes y aún los fieles lo denunciarían al Obispo; y si mi Obispo alterara algo, los otros Obispos y aún los simples Sacerdotes y fieles lo denunciarían al Papa, y el Papa, guardián vigilante e infalible de la fe, lo separaría de la Iglesia..
“Una alteración en la fe es, pues, imposible hoy día, y lo fue también en todos los tiempos por las mismas razones. Mi religión es, por consiguiente, la que Jesucristo enseñó”.
IV. RELACIONES ENTRE LA IGLESIA Y EL ESTADO.
Habiendo querido Jesucristo reunir a todos los hombres en una misma familia, instituyó su Iglesia en la forma rigurosa de una sociedad perfecta, independiente y perpetuamente visible. Los hombres que quieren salvarse deben ingresar en esta sociedad divina y observar sus leyes. Hemos demostrado ya estas dos verdades esenciales.
Por otra parte, el cristiano como ser social, pertenece a una sociedad civil, amada igualmente por Dios.
¿Qué relaciones existen entre esas dos sociedades, compuestas de los mismos miembros?
¿Cuáles son los derechos y deberes recíprocos de la Iglesia y del Estado?
Esta cuestión es realmente de oportunidad en estos tiempos y de una importancia capital.
Para resolverla, seguiremos las enseñanzas dadas por León XIII en su admirable Encíclica “Immortale Dei”, sobre la constitución cristiana de los Estados.
Dividiremos este tratado en siete artículos:
1º Distinción entre las dos sociedades: la Iglesia y el Estado.
2º Independencia de la Iglesia de los poderes civiles.
3º Mutua unión entre la Iglesia y el Estado.
4º Subordinación del Estado a la Iglesia.
5º Derechos de la Iglesia.
6º Deberes de la Iglesia y deberes del Estado.
7º Errores modernos.
1º Distinción entre las dos sociedades.
¿La Iglesia y el Estado, ¿son dos sociedades distintas?
Sí; la Iglesia y el Estado son dos sociedades perfectamente distintas, pues difieren en su origen, en su constitución y en su fin.
1) En su origen.
Una y otra vienen de Dios, pero la Iglesia esta fundada por un acto positivo de la voluntad de Jesucristo, y la sociedad civil ha nacido de las inclinaciones dadas por Dios a la naturaleza humana.
La primera tiene su origen en el Autor de la gracia, la segunda, en el Autor de la naturaleza. La una es religiosa y sobrenatural, la otra es temporal y puramente natural.
2) En su constitución.
Dios ha constituido personalmente el poder de la Iglesia, determinando Él mismo su forma, sus límites y la manera de ejercerlo. En la sociedad civil al contrario, las condiciones y la forma de la soberanía están entregadas a la elección de los individuos.
3) En su fin.
La Iglesia tiene por objeto procurar a los hombres los bienes celestiales y eternos, y el Estado, el de cuidar de los intereses terrenales.
Es así que el fin particularmente es el que determina la naturaleza de una sociedad. Luego, la Iglesia y el Estado son dos sociedades perfectamente distintas.
A estas diferencias esenciales se podrían añadir otras. Así, por ejemplo, la sociedad religiosa es anterior a la sociedad civil.
Además, la Iglesia, sociedad religiosa, es Católica o universal que se extiende a todos los tiempos y a todos los lugares y pueblos; las sociedades civiles tienen los límites propios de cada nación.
Los hechos y los monumentos escritos prueban que la distinción entre el poder civil y el poder espiritual era conocida y practicada en la mayoría de las naciones paganas.
Siempre y en todas partes se encuentra junto al foro el templo, junto al trono, el altar, junto al magistrado, el Sacerdote, junto al rey, el Pontífice.
A la religión y al culto preside un sacerdocio distinto de la magistratura civil, y perfectamente libre en sus actos y en sus funciones.
El Sacerdote, considerado como el representante visible de la divinidad, era el intérprete de la Justicia eterna. Se creía generalmente que el poder religioso emanaba directamente de los Dioses mismos.
El poder del Sacerdote era grande y respetado entre los griegos, egipcios, romanos y otros pueblos del paganismo, como lo atestiguan los historiadores y filósofos de la antigüedad.
Es verdad que los Césares, para centralizar la autoridad, se apoderaron de la suprema dignidad sacerdotal y añadieron a su título de emperador el de Sumo Pontífice; pero no es menos cierto que esta centralización de los poderes fue considerada siempre por los espíritus serios como un abuso y, efectivamente, se convirtió, en manos de los Césares, en un instrumento de despotismo.
Al fundar su Iglesia, Jesucristo trazó entre las dos sociedades una línea divisoria, clara y profunda, que distinguirá siempre a los dos poderes.
Esta distinción es como el punto fundamental de la civilización cristiana.
Es la obra de Dios y es digna de Él.
Ella establece y mantiene la libertad de la conciencia humana[Véase Moulart. La Iglesia y el estado.)
La Iglesia y el Estado:
¿son soberanos en sus respectivos dominios?
Sí. “La Iglesia y el Estado tienen su soberanía propia; son, por consiguiente, independientes la una del otro en su esfera especial, con la condición sin embargo, de no traspasar los limites que les traza su respectivo destino” (León XIII).
La soberanía de la Iglesia y del Estado consiste en que cada uno de los dos poderes puede dictar leyes que obliguen a sus respectivos súbditos.
Por tanto, los cristianos, sean superiores o súbditos, están sujetos a las leyes de la Iglesia; y, recíprocamente, los Sacerdotes, como los simples fieles, deben obedecer a las leyes civiles de su país cuando éstas estén conformes con la ley divina.
La demarcación propia de cada poder se determina por su fin especial. La Iglesia tiene por fin la bienaventuranza eterna del hombre: está, pues, encargada de velar por sus intereses espirituales. El Estado tiene por fin la felicidad temporal; debe, por consiguiente, salvaguardar sus intereses materiales.
Sin embargo, como los intereses materiales están subordinados a los intereses espirituales, el fin del Estado está subordinado al de la Iglesia. Por consiguiente, el Estado no puede hacer nada que sea contrario a las leyes divinas y eclesiásticas: su independencia no es más que relativa.
Existen tres clases de objetos sometidos a los dos poderes establecidos por Dios:
1º, los intereses puramente temporales;
2º, los intereses espirituales;
3º, las cosas mixtas.
1º Los intereses exclusivamente temporales están sometidos a la autoridad civil, con tal que ésta guarde las leyes de la justicia.
En efecto, el Estado debe respetar los derechos de los ciudadanos, particularmente los que son anteriores a los suyos, como los derechos que la naturaleza y la conciencia confieren al individuo y a la familia.
El Estado existe para proteger y no para absorber los derechos de los demás; para salvaguardar y no para centralizar la libertad individual; para favorecer las iniciativas y no para monopolizarlo todo en favor de una facción o partido[Véase Moulart].
2º Los intereses espirituales están confiados a la Iglesia por voluntad de Dios, e institución de Jesucristo.
Ella tiene derecho exclusivo sobretodo lo que se refiere al servicio de Dios y a la salvación de las almas. Posee el derecho de dictar leyes y de hacerlas observar, teniendo siempre como fin la salvación de sus miembros.
El Estado nada puede sobre las cosas sagradas, ni sobre la doctrina revelada, ni sobre los Sacramentos, ni aun sobre el contrato de matrimonio de los cristianos, porque este contrato ha sido elevado por Jesucristo a la dignidad de Sacramento.
3º En las materias mixtas, que entran a la vez en el dominio de la Iglesia y en el del Estado, el poder de la Iglesia debe prevalecer sobre el de la sociedad civil, pomo probaremos más adelante. Sin embargo, la historia nos dice que en estas cuestiones mutuas, la Iglesia trata siempre de entenderse con el Estado por medio de Concordatos para arreglarlo todo de común acuerdo.
Antes de resolverlo por su sola autoridad, prefiere llevar su indulgencia todo lo lejos que pueda. En la Encíclica Immortale Dei, León XIII explicó la soberanía respectiva de la Iglesia y del Estado con las siguientes palabras:
“Dios ha dividido el gobierno del género humano entre dos poderes, el poder eclesiástico y el poder civil: el primero, puesto al frente de las cosas divinas; el segundo, al frente de las cosas humanas.
Cada uno de ellos es soberano en su orden; cada uno tiene sus límites perfectamente determinados por su naturaleza y por su fin inmediato; cada uno tiene, por consiguiente, su esfera particular en la que se mueve y ejerce su acción, jure proprio…”.
Un poco después, el Papa determina el dominio propio de la Iglesia y el del Estado:
“Todo lo que en las cosas humanas es sagrado por un título cualquiera, todo lo que se relaciona con la salvación de las almas y con el culto de Dios, sea por su naturaleza, sea por relación a su fin, todo eso es de la competencia de la autoridad de la Iglesia.
“En cuanto a las otras cosas que abraza el orden civil y político, es justo que estén sometidas a la autoridad civil, puesto que Jesucristo ha mandado dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”.
2º Independencia de la Iglesia.
La Iglesia ¿es absolutamente independiente del Estado?
Sí, porque tiene su origen, su autoridad, su misión de Jesucristo, no del Estado.
Como prueba de su independencia tenemos:
1) La voluntad formal de Jesucristo Nuestro Señor.
2) La práctica de los Apóstoles.
3) El testimonio de la historia eclesiástica.
4) El fin sobrenatural de la sociedad religiosa.
5) La unidad y universalidad de la Iglesia.
Es un dogma de fe Católica que Jesucristo ha dado a su Iglesia un poder soberano e independiente del poder civil. Así, toda Iglesia nacional, por el hecho mismo de reconocer la dominación religiosa del Estado, no es la Iglesia de Jesucristo.
1) Voluntad formal de Nuestro Señor Jesucristo.
En virtud de su poder divino, independiente y soberano, Jesucristo envía a sus Apóstoles:
“Todo poder me h a sido dado en el cielo y en la tierra, Id, pues, y enseñad a todas las naciones… Como mi Padre me envió, así Yo os envío”, con el mismo poder divino, soberano, independiente.
A Pedro y a los Apóstoles y no a los poderes civiles, confiere el ordena apacentar sus corderos y sus ovejas, y confirma a sus hermanos en la le.
A Pedro y a los Apóstoles, y no a los poderes civiles, confiere el poder de atar y desatar; a los Apóstoles de la Iglesia y no a los jefes del Estado es a quienes dice:
“Quien a vosotros oye, a Mí me oye y quien os desprecia, a Mí me desprecia…”, etc.
Nunca mandó a sus Apóstoles que pidieran a los príncipes licencia para predicar, hacer prosélitos y establecer Iglesias.
Los exhorta a ejecutar su ministerio a pesar de las persecuciones de los gobiernos civiles.
Por consiguiente, Jesucristo confiere a su Iglesia un poder distinto de todos los otros, independiente de cualquier otro y que no depende sino del mismo que lo confiere. Luego, el poder de la Iglesia es del todo independiente del poder temporal del Estado[Véase Olivier, S. J. Conferencias Teológicas].
2) Práctica de los Apóstoles.
Los Apóstoles, formados en la escuela del divino Maestro, comprendieron su voluntad y se ajustaron a ella. Predicaron por todas partes el Evangelio, fundaron Iglesias, instituyeron Obispos, Sacerdotes, Diáconos, dictaron leyes obligatorias sin cuidarse de los poderes civiles. Se les expulsaba de un lugar, iban a otro; se les injuriaba, se les perseguía, y ellos se gloriaban de sufrir por el nombre de Jesús. Se les quería cerrar la boca, y ellos respondían: “Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres”.
3) El testimonio de la historia.
Desde los Apóstoles hasta nuestros días, sus sucesores han imitado su proceder. La Iglesia, en todas partes y siempre, se ha proclamado independiente, y jamás ha cesado de reivindicar esa independencia y de ejercerla en todos los pueblos[Act. IV.].
4) Fin sobrenatural de la Iglesia.
El Estado tiene por fin procurar la felicidad temporal de sus súbditos; la Iglesia busca directamente la bienaventuranza eterna del hombre que procura la gloria de Dios, fin último de la creación.
Su fin, pues, es el fin supremo, al que debe estar subordinado todo otro fin. “Como el fin de la Iglesia es el más noble de todos, su poder es superior a todos los otros, y en ninguna forma puede ser inferior o estar subordinado al poder civil” (Immortale Dei).
5) La unidad y la universalidad de la Iglesia.
La Iglesia debe ser una por su gobierno y Católica por su extensión.
Pero si la Iglesia no fuera independiente del poder civil, éste podría romper su unidad formando una Iglesia nacional, y existirían tantas Iglesias cuantas naciones hay en el mundo: la verdadera no sería ya una y Católica.
Por eso, todo gobierno que quiere someter la Iglesia al Estado, tiende con eso mismo a sacar a la nación del gremio de la Iglesia, cuya unidad destruye. Un hecho bien doloroso nos los prueba: el cisma de Oriente.
La doctrina que pretende someter la Iglesia al Estado se llama Cesarismo, del nombre de los Césares de la Roma pagana, que se arrogaban el poder supremo de todas las cosas, en religión como en política.
El poder civil que practica el Cesarismo es:
1º Injusto, porque priva de su libertad a un poder soberano y superior a la autoridad civil.
2º Impío, porque combatiendo a la Iglesia, obra de Dios, combate a Dios mismo.
3º Insensato, porque priva a la sociedad de inmensos beneficios, y trabaja en la disminución de una autoridad que es la mejor salvaguardia de la suya.
3º Mutua unión de la Iglesia y del Estado.
La Iglesia y el Estado
¿deben estar unidos y prestarse mutuo apoyo?
Sí, porque ambos vienen de Dios. Es así que todo lo que viene de Dios está en orden y armonía. Luego, la Iglesia y el Estado deben vivir en mutua concordia.
Por otra parte, estos dos poderes, aunque esencialmente distintos tienen muchos puntos de contacto, pues su acción se ejerce sobre unos mismos súbditos.
Luego deben prestarse mutuo apoyo en bien de gobernantes y gobernados.
Por consiguiente, la separación de la Iglesia y del Estado es absolutamente contraria a la voluntad de Dios y a los intereses de ambas sociedades.
La doctrina que sostiene que el Estado no tiene el derecho ni el deber de unirse a la Iglesia para protegerla, se llama liberalismo.
Este error ha sido justamente condenado por los Papas Pío IX y León XIII, porque desconoce los derechos de Dios y el reinado social de Jesucristo.
Según el plan de Dios, los dos poderes deben aliarse: cada uno debe prestar al otro los socorros de su fuerza y de sus medios de acción, y cada uno halla su propia ventaja en esta protección recíproca.
1º No hay poder que no venga de Dios, y Dios lo ha hecho todo con orden, peso y medida. La unidad y la armonía son el sello de sus obras.
Es cierto, por tanto, que Dios en su sabiduría infinita, ha querido que ambos poderes, el poder religioso y el poder civil estuvieran unidos para llevar, de común acuerdo, a la humanidad a su doble destino de la vida presente y de la vida futura. Tal es el plan de Dios.
2º La separación de la Iglesia y el Estado es, a los ojos del sentido común y de la más vulgar equidad, injusta y, a la vez, prácticamente imposible.
Injusta, porque hace caso omiso de los derechos divinos de la Iglesia y de los intereses religiosos de los ciudadanos; prácticamente imposible, porque no se puede concebir que la Iglesia y el Estado gobiernen soberanamente en un mismo lugar a unos mismos súbditos, sin mutuo acuerdo, si quieren evitar el herirse recíprocamente.
“Era digno de la sabia Providencia de Dios, que ha establecido ambas sociedades, señalarles sus caminos y sus mutuas relaciones:
Que a Deo sunt, ordinata sunt (Qué es, son de Dios, son ordenados).
Si hubiera sido de otra suerte, nacerían frecuentes causas de funestos conflictos; los hombres vacilarían perplejos ante un doble camino, no sabiendo qué hacer en presencia de órdenes contrarias de dos poderes distintos cuyo yugo no pueden, en consecuencia, sacudir…
Es necesario, pues, que haya entre ambos poderes un sistema de relaciones bien ordenado, análogo al que en el hombre constituye la unión del alma y del cuerpo” (Immortale Dei)(Inmortal de Dios)
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3º En la página maestra de la misma encíclica, el Papa León XIII hace notar las numerosas e incomparables ventajas que resultan de una constitución política basada sobre la distinción y la alianza de ambos poderes. En ella nos muestra los frutos excelentes que de ahí se siguen:
Primero para los individuos, los derechos de cada uno están asegurados por la doble protección de las leyes divinas y humanas; los deberes, sabiamente señalados y la negligencia castigada. Después, para la familia:
la sociedad doméstica halla su estabilidad; la autoridad paterna, el respeto; la mujer, su honor; el niño, su protección.
Finalmente, para la sociedad:
las leyes son dictadas por la verdad y la justicia; el poder, divinizado en cierto modo, está circunscripto dentro de los límites de la justicia y de la moderación; la obediencia santificada se convierte en título de honor y hace imposible el desorden; los ciudadanos pueden cumplir sus deberes: sin temor a verse turbados por leyes incompatibles.
El Papa confirma luego, con la historia de los pueblos, estos postulados de la razón: Europa ha hecho tan grandes progresos en el dominio de las ciencias, de la civilización y del progreso, ha llegado a la superioridad intelectual y moral, que indiscutiblemente le pertenece sobre las otras partes del mundo, precisamente porque es cristiana, y se ha aprovechado más que las otras de los inmensos beneficios de la Iglesia Católica.
4º El proceder de nuestros mismos enemigos demuestra la necesidad de unión de ambos poderes.
Los que miran como intolerable la alianza del poder civil con la religión, se esfuerzan por realizar la alianza de este mismo poder con el ateísmo.
Los herejes de todos los tiempos, filósofos del siglo XVIII, revolucionarios del 1793y librepensadores modernos se han desvivido por crear un Estado defensor de la herejía, del cisma y del ateísmo.
Así, los mismos adversarios, buscando la unión del Estado con el error, rinden homenaje al principio de la unión del Estado con la Iglesia.
4º Subordinación del Estado a la Iglesia
El Estado ¿debe estar subordinado a la Iglesia?
Sí; el Estado, sociedad temporal y natural, debe estar subordinado a la Iglesia, sociedad espiritual y sobrenatural, como la naturaleza a la gracia, el cuerpo al alma, la tierra al cielo, la vida presente a la vida futura.
La situación de un poder con respecto a otros se determina por el fin: es superior el que tiende a un fin más elevado. Es así que la felicidad eterna del hombre, procurada por la Iglesia, es superior al bienestar temporal a que aspira el Estado. Luego, el Estado debe estar subordinado a la Iglesia.
Además, el poder civil debe ajustarse a la ley moral sea natural sea revelada. Pero corresponde a la Iglesia definir la ley moral, imponerla a los cristianos y juzgar sus infracciones. Luego, el Estado está indirectamente subordinado a la autoridad dé la Iglesia.
N. B. -En el orden espiritual, en todas las cuestiones religiosas, el poder civil está directamente subordinado a la Iglesia. En asuntos políticos, el poder civil está indirectamente subordinado a la Iglesia.
La Iglesia posee la supremacía sobre el Estado. En virtud de esta supremacía, el Papa tiene derecho a anular las leyes o los actos de un Gobierno que fueren perjudiciales para la salvación de las almas o lastimaren los derechos naturales de los ciudadanos.
1º La sociedad que tiene fin más perfecto es superior a aquella cuyo fin es inferior, y con mayor razón cuando la dicha sociedad es infalible en la determinación de sus derechos. Y como la Iglesia infalible se propone un fin superior al del Estado, ella posee la supremacía sobre la sociedad civil.
El simple sentido nos lo dice; y es también la doctrina de todos los Padres de la Iglesia y de los Papas(Véase Moulart. La Iglesia y el Estado).
2º El objeto propio y directo del poder de la Iglesia es el bien espiritual; pero por vía de consecuencia, e indirectamente, puede intervenir por propia autoridad y sin usurpación alguna en las cosas temporales, cuando con ellas se encuentran mezclados intereses espirituales.
Puede levantar la voz para condenar la tiranía de los príncipes y las revueltas de los pueblos, para estigmatizar y anular las leyes injustas y atentatorias a la moral y a la conciencia cristianas.
Si, advertidos los gobernantes, se niegan a obedecer, el Papa tiene el derecho de excomulgar y de absolver a sus súbditos del juramento de fidelidad[Bula Unam Sactam y Conc. V. de Letrán.].
El poder indirecto es puramente espiritual y tiene por objeto directo, una cosa completamente espiritual: la moralidad de los actos, la salvación de las almas, el bien de la religión.
Sin embargo, por lo mismo que recae sobre las relaciones de los actos públicos del Soberano con la moral y la religión, este poder afecta indirectamente al orden político.
Pero lo efectúa sin detrimento de la independencia legítima del poder civil. Cuando éste , viola las leyes de Dios o de la Iglesia, se extralimita y usurpa los derechos del poder espiritual.
Objeción.
Dar estos derechos a la Iglesia, ¿no es introducir la confusión de poderes?
De ninguna manera: la coordinación no es confusión.
La patria potestad, por ejemplo, es muy distinta del poder civil, y, sin embargo ¿no llega, a veces, el caso en que el Estado debe invadir el hogar por la acción de la justicia para hacer respetar en él las leyes naturales? Análogamente, la Iglesia puede intervenir para sostener los derechos de Dios y de los pueblos contra la tiranía.
La subordinación, pues, del Estado a la Iglesia no tiene nada de indecoroso o perturbador para el Estado. Tal subordinación significa simplemente que el mundo es inferior a Dios, el cuerpo, inferior al alma, el tiempo, inferior a la eternidad… Jesucristo es el Rey de las naciones y de sus jefes, así como el de los simples ciudadanos.
3º ¿Cuál es la naturaleza de esta subordinación del poder civil al Poder de la Iglesia?
El Cardenal Antonelli la explicaba al gobierno francés en la época del Concilio(1870):
“La Iglesia jamás ha pensado ni piensa ejercer un poder directo y absoluto sobre los derechos políticos del Estado.
“Ella ha recibido la misión sublime de guiar a los hombres, sea individualmente, sea reunidos en sociedad, a un fin sobrenatural.
Tiene, pues, por eso mismo, el poder y el derecho de juzgar la moralidad y la justicias de todos los actos, sean interiores, sean exteriores, en sus relaciones con las leyes naturales y divinas.
Pero como toda acción, bien sea prescripta por un deber supremo, o bien emane de la libertad del individuo, no puede estar exenta de este carácter de moralidad y de justicia, hace que este juicio de la Iglesia se extienda indirectamente sobre todas las cosas a las que esta moralidad va unida.
Pero esto no es inmiscuirse directamente en los asuntes políticos, los cuáles, según el orden establecido por Dios y de acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia, son del dominio del poder temporal”.
La doctrina de subordinación del Estado a la Iglesia contradice el primer artículo de la declaración galicana de 1682, que pretende que los reyes no están sujetos, por derecho divino, a ninguna autoridad eclesiástica en las cosas temporales.
Contradice también los errores naturalistas, que niegan la institución divina de la Iglesia. Contradice finalmente la teoría, tan clara a los liberales, de la Iglesia libre en el Estado libre, es decir, del Estado y de la Iglesia respectivamente independientes el uno del otro.
El mismo Voltaire ha reconocido la legitimidad del poder indirecto de la Iglesia: “El interés del género humano dice pide un freno que detenga a los soberanos y que ponga a salvo la vida de los pueblos.
Este freno de la religión estaba, por una convención universal, en manos de los Papas.
Los primeros Pontífices, no mezclándose en las cuestiones temporales más que para calmarlas, recordando a los reyes y a los pueblos sus deberes, reprendiendo sus crímenes, reservando la excomunión para los grandes atentados, eran considerados como imagen de Dios en la tierra.
Pero hoy, los hombres están reducidos a no tener en su defensa más que las leyes y costumbres de su país, leyes frecuentemente violadas, costumbres frecuentemente corrompidas”[Ensayos sobre las constumbres].
5º Los derechos de la Iglesia.
¿Cuáles son los derechos de la Iglesia?
La Iglesia posee todos los derechos cuyo ejercicio es necesario para el cumplimiento de su misión, que es enseñar, santificar y gobernar a los fieles para conducirlos al cielo.
Estos derechos, como la autoridad de donde derivan, son universales, soberanos e independientes.
I. La Iglesia tiene la misión de enseñar; luego, posee:
1º El derecho de predicar libremente en todas partes el Evangelio.
2º El derecho de propagarse por toda la tierra y de establecer diócesis y parroquias.
3º El derecho de elegir libremente los ministros de la palabra divina, de reclutarlos, de formarlos e instruirlos sin trabas.
4º El derecho de reclamar la libre comunicación de los Obispos y de los fieles con su Pastor Supremo, el Papa.
5º El derecho de convocar Concilios, Sínodos y otras asambleas religiosas.
6º El derecho de enseñar todas las ciencias, de abrir escuelas y colegios, de elegir los maestros y programas, de fundar universidades y de conferir grados.
7º El derecho de introducir la instrucción religiosa en los liceos, colegios, escuelas públicas y privadas; el derecho de vigilar en estas escuelas la enseñanza profana, para apartar de ella todo lo que sea contrario a la doctrina revelada. Ella ha dado la vida sobrenatural a los niños católicos y tiene, por tanto, el derecho de velar por su conservación.
8º El derecho de emplear todos los medios adecuados para conservar a doctrina cristiana y, por consiguiente, el de condenar los errores contrarios.
II. La Iglesia tiene la misión de santificar; luego, le compete:
1º El derecho de reglamentar el culto, de establecer fiestas y procesiones, de conferir, Sacramentos, de determinar las condiciones de validez del matrimonio, de consagrar los Templos y cementerios y de substraerlos a todo uso profano.
2º El derecho de poseer bienes temporales, muebles e inmuebles, para construir sus Iglesias, mantener sus ministros, fundar escuelas, asilos y otros establecimientos de caridad.
3º El derecho de establecer órdenes religiosas dedicadas a una vida cristiana más perfecta, a la oración, a la predicación, a la educación de la juventud y al cuidado de los enfermos.
III. La Iglesia tiene la misión de gobernar; luego, le compete:
1º El derecho de dictar leyes para la dirección de los fieles y de las congregaciones religiosas.
2º El derecho de prohibir la lectura de publicaciones y libros contrarios a la fe y a la moral.
3º El derecho de condenar las escuelas que juzgue malas o peligrosas.
4º El derecho de obligar a sus fieles a la observancia de sus leyes, mediante penas espirituales y temporales.
Por último, para decirlo todo de una vez, la Iglesia, sociedad perfecta, independiente, divina, tiene el derecho de gobernarse con sus propias leyes y de establecer todas las instituciones necesarias y útiles para el cumplimiento de su misión.
Ningún poder civil puede poner trabas a la Iglesia en su triple misión, sin hollar los derechos de Dios y convertirse en perseguidor.
Todos los derechos arriba enumerados le pertenecen como sociedad divina, perfecta, independiente y superior a todas las demás.
La violación de uno de estos derechos de la Iglesia es una usurpación del poder civil y un sacrilegio. Todas las leyes dictadas contra ella son injustas y, por tanto, nulas: los católicos tienen siempre en derecho, y a veces el deber de no acatarlas.
Cuando algún gobierno le usurpa sus derechos, ya sea un César, ya una Convención, la Iglesia resiste por lo menos pasivamente, y confía en Dios que la protege, para que Él haga justicia a sus perseguidores. Los hechos de diecinueve siglos están patentes para atestiguar que, su confianza no se ha visto defraudada.
N. B. -Pueden verse los argumentos de todos los derechos de la Iglesia en la obra del P. Liberatore:La Iglesia y el Estado.
6º Deberes recíprocos de la Iglesia y del Estado.
¿Cuáles son los deberes de la Iglesia para con el Estado y los de éste para con la Iglesia?
I. La Iglesia debe al Estado:
1º Los auxilios de sus oraciones, a fin de obtener para gobernantes y súbditos la gracia que necesitan para cumplir con sus deberes Cívicos.
2º El auxilio de su enseñanza, que traza a los legisladores reglas infalibles de justicia e intima a los súbditos la obediencia a las leyes.
3º El auxilio material de sus recursos en las calamidades públicas.
II. Los deberes del Estado son los siguientes:
1º El respeto a todos los derechos de la Iglesia.
2º La protección eficaz que merece una sociedad divina.
3º Los socorros materiales para el mantenimiento del culto, cuando las rentas de los bienes eclesiásticos no basten para ello.
1. La Iglesia ha cumplido siempre sus deberes para con el Estado.
La Iglesia, con sus oraciones públicas, con las virtudes y buenas obras que fomenta, atrae las bendiciones de Dios sobre la sociedad entera y sobre cada uno de sus miembros.
Sus órdenes religiosas son los pararrayos que detienen los azotes de la justicia divina.
Jesucristo y los Apóstoles enseñaron a los cristianos el deber de obedecer a la autoridad civil y de pagarle el tributo.
En el transcurso de los siglos, el Papá y los Obispos han recordado estas divinas enseñanzas. Y cosa digna de ser notada, en nuestras días, en el momento en que todos los poderes la traicionan y desamparan, la Iglesia no cesa de recordar a los ciudadanos el deber de la sumisión religiosa a los gobernantes que ellos mismos se han dado[Véase el Syllabus].
En las desgracias públicas, la Iglesia siempre ha acudido en socorro del Estado cediendo una parte de sus bienes.
San Ambrosio y San Agustín llegaron hasta vender los vasos sagrados para rescatar cautivos y conseguir la libertad de los esclavos.
El derecho canónico permite seguir este ejemplo. San León I y San Gregorio I consagraban las rentas de la Iglesia a reparar los males causados por las invasiones de los bárbaros. En Francia, la Iglesia ha acudido frecuentemente en socorro del Estado vendiendo sus propiedades: así se hizo, por ejemplo, para pagar el rescate del rey Juan, de San Luis y de Francisco I.
A fines del siglo XVIII, el clero ofreció una suma de cuatro cientos millones, adquiridos con la venta de los bienes eclesiásticos, para prevenir la catástrofe financiera que amenazaba a la nación.
2. Deberes del Estado.
Debe respetar los derechos de la Iglesia. Toda sociedad independiente es acreedora al respeto de sus derechos.
Es así que la Iglesia es una sociedad independiente del Estado. Luego, el Estado debe respetar los derechos de la Iglesia. Será un crimen y un sacrilegio de parte del Estado, sociedad natural y temporal, atentar contra los derechos de una sociedad sobrenatural y divina.
El Estado debe proteger eficazmente a la Iglesia. La verdad debe ser protegida contra el error, la virtud, contra el vicio, y el orden, contra el desorden.
Está, pues, obligado el Estado a proteger en una justa medida a la Iglesia, que propaga la verdad y a impedir el error: esta obligación es el derecho natural y divino.
Se castigan los atentados contra los gobernantes, los asesinatos, los robos a los particulares, cte.,
¿por qué pues, no se ha de castigar a aquellos que combaten a Dios, la religión, la moral, las verdades que sirven de fundamento a la sociedad?
¿No es Dios primer Soberano, y su ley más respetable que todas?
Por esto los Sumos Pontífices no han dejado de recordar a los príncipes cristianos su papel de protectores y defensores de la Iglesia.
Oigamos a León XIII: “Los Jefes de Estado deben colocar entre sus principales deberes el de favorecer la religión, protegerla con su benevolencia y ampararla con la autoridad tutelar de sus leyes”.
Carlomagno se complacía en proclamarse el defensor armado de la Iglesia.
¿Cómo debe proteger el Estado a la Iglesia?
El Estado debe proteger la libertad de la Iglesia para la predicación del Evangelio, la administración de los Sacramentos y el ejercicio del culto.
Debe poner sus leyes en armonía con las de la Iglesia; prestar el apoyo de su autoridad para observar las leyes religiosas, por ejemplo, la de santificar
el domingo; reprimir todo acto hostil contra la Iglesia y sus ministros.
Debe también, si se le pide, unirse a la Iglesia para combatir la herejía, la apostasía y el cisma. A la Iglesia pertenece enseñar al Estado sus obligaciones para con la religión.
El Estado debe contribuir a los gastos del culto.
Es indudable que el Estado debe atender a todos los servicios públicos, instrucción, trabajos, guerra, marina, cte., con lo recaudado de los impuestos.
Pero el primero de los servicios públicos debe ser el sostenimiento del culto. La religión y sólo la religión puede mantener las buenas costumbres, el orden y la paz: sin ella no hay sociedad posible.
Luego, el primer deber de un Estado es el de contribuir al sostenimiento del culto.
Frecuentemente se dice: Los que quieren religión, que se paguen sus ministros y su culto. A éstos se les podría contestar: Los que quieren teatros, que se los paguen; los que quieren misiones científicas, que se las paguen; los que quieren escuelas, trenes, etc., etc., que se los paguen…
Esta teoría del impuesto facultativo es absurda. Todos los ciudadanos están obligados a pagar impuestos por cosas de que no se aprovechan. No se busca lo que agrada a uno u otro, sino lo que conviene al interés común de la sociedad y esto es muy justo.
Es éste uno de los inconvenientes inevitables del estado social, pero hay que soportarlo si se quiere gozar de sus ventajas. Pues bien, repetimos, la religión es del mayor interés para la sociedad; luego es justo que el Estado contribuya al sostenimiento del culto como a todos los demás servicios púbicos.
En Francia, [Lo que el autor dice de Francia se puede afirmar igualmente de España, donde la usurpación de los bienes de la Iglesia se llamó desamortización, calificada por el eminente, Menéndez y Pelayo de inmenso latrocinio- (N. del T)], el presupuesto de cultos es el pago de una deuda: es la restitución de un robo perpetrado por el Estado contra la Iglesia en 1789.
Aquí van las pruebas.
Durante quince siglos, la Iglesia de Francia había adquirido bienes considerables, por todos los medios con que se adquiere la propiedad: trabajo, contrato, donaciones, fundaciones onerosas.
Con su trabajo había desmontado terrenos incultos, desecado pantanos, cultivado cereales, edificado Iglesias, monasterios, escuelas, hospitales, etc.; por este capítulo poseía los bienes eclesiásticos con el mismo título, por lo menos, con que el obrero posee su casa, su campo y su jardín.
Ella había recibido en su seno a hombres que poseían fortuna y que la llevaron consigo y no conozco ley alguna francesa que despoje a un ciudadano de sus rentas por el mero hecho de recibir las Ordenes sagradas, y por este capítulo, el clero poseía con el mismo título con que poseen todos los legítimos propietarios.
La Iglesia había recibido donaciones, legados, y por este capítulo poseía cómo poseen los herederos. Ella había aceptado fundaciones con la carga de cumplir ciertas condiciones estipuladas, y por este capítulo poseía como todos los contratantes.
A no ser que se diga que no hay propiedad segura, se debe reconocer, que los bienes del clero eran real y legítimamente suyos.
Poseía como todo el mundo posee, y no podía tocar sus bienes sin destruir el principio mismo de toda propiedad.
El 2 de noviembre de 1789, la Asamblea Constituyente se apoderó de las propiedades de la Iglesia, y por 568 votos contra 344 dictó la ley siguiente:
“Todos los bienes eclesiásticos quedan a disposición de la nación con la obligación de proveer, de una manera conveniente, a los gastos del culto, al mantenimiento de sus ministros y al socorro de los pobres…
“De acuerdo con las disposiciones que se tomarán respecto de los ministros de la religión, no se podrá destinar a la dotación de los curas una cantidad menor de 1.200libras (francos), sin incluir la habitación y el jardín”.
Esta ley decretaba un robo, y un robo sacrílego: un robo porque el Estado se apoderaba de bienes ajenos; un sacrilegio, porque se apoderaba de una cosa consagrada a Dios y destinada a servir para usos sagrados.
Sin embargo, echaban los fundamentos del derecho del clero católico al presupuesto de cultos.
De acuerdo con esta ley, la nación se arroga el derecho de disponer de los bienes eclesiásticos con la obligación para ella de proveer, a los gastos necesarios:
1º para las expensas del culto: construcción y conservación de Iglesias, casas parroquiales, seminarios, etc.;
2º a la manutención de los ministros del culto: Obispos, Canónigos, Curas, Tenientes curas, religiosos y religiosas; 3º al alivio de los pobres: hasta entonces la Iglesia había tenido el monopolio de la caridad; por consiguiente, de los bienes eclesiásticos ha nacido la Asistencia pública, y el Estado ha contraído con el clero la obligación de socorrer a los pobres en nombre de la Iglesia y con los bienes de la Iglesia.
Y todo esto debe hacerse, no de una manera cualquiera, sino de una manera conveniente, de acuerdo con las tradiciones, las costumbres y el numero de los fieles.
La Asamblea Constituyente votó, como primer presupuesto de cuitos, una suma de 55.700.000 francos. Con esto mismo se declaraba deudora del clero. El es acreedor del Estado, por lo menos con el mismo título que los que están inscriptos en el gran Libro de la deuda nacional.
Cuando Napoleón pensó en restablecer el culto católico arregló, de acuerdo con el Papa, esta situación. Ya no se podían restituir sus bienes a la Iglesia: estos bienes habían sido vendidos y pasado a diferentes manos: El Papa se comprometió a no molestar a los poseedores de bienes eclesiásticos, bajo la condición de que el Estado pagara al clero la renta de los bienes robados, en vez de restituir el capital.
Este acuerdo entre Pío VII y Napoleón se lama el Concordato de 1801, contrato solemne que obliga al gobierno francés.
Por consiguiente, la congrua sustentación estipulada por el Concordato y pagada por el Estado al clero, no es un favor y menos un salario; es la renta abonada al acreedor legítimo.
El clero francés no es, pues, asalariado del Estado, sino censualista como los que están anotados en el gran Libro.
El primer presupuesto votado por la Asamblea Constituyente era de 55 millones. Como después el valor del dinero ha bajado en la proporción de cinco a uno, esta suma representaba 278 millones de hoy.
El Estado, en vez de aumentar, según esta progresión, la congrua sustentación de los eclesiásticos, ha reducido el presupuesto de cultos de 55 a 44 millones y de esta cifra cuatro millones son entregados a los protestantes.
Este presupuesto no es, por consiguiente, ni siquiera una renta del uno por ciento;
¿qué acreedor se contentaría con ella?
Además, el Estado ha conservado algunos bienes del clero, tierras o edificios que no habían sido enajenados, y de los que saca una renta que fluctúa alrededor de 40 millones, suma igual a la parte del presupuesto que corresponde a los católicos [Lo mismo puede decirse del país Hispamericano, Argentina, respecto del artículo 2° de la Constitución y la usurpación de los bienes de la Iglesia, en 1882, por parte del Estado].
Conclusión.
El presupuesto del culto Católico no es más que el pago de una deuda de estricta justicia.
Por consiguiente, ni el voto del Parlamento ni un plebiscito cualquiera podría, sin cometer un nuevo sacrilegio, suprimirlo.
Una nación, como un particular, no puede dispensarse del pego de sus deudas, bajo el pretexto de merecer el título de ladrona.
¿Debe el Estado profesar la religión Católica?
Sí; éste es su deber, y su mismo interés se lo impone.
1º Su deber, porque las naciones, como los individuos, dependen del Creador, y como tales, le deben la adoración, el amor, la obediencia y el culto que le es propio.
2º Su interés, porque ninguna sociedad puede existir sin religión.
Es así, que sólo la verdadera religión puede inspirar eficazmente a los príncipes la justicia, a los súbditos la obediencia, y a todos las virtudes sociales, luego…
Toda sociedad, lo mismo que todo individuo, está obligada a reconocer a Jesucristo como Dios, a la Iglesia como su embajadora, y al Evangelio como ley universal y obligatoria.
1º Hemos probado (Véase Necesidad de una Religión, tercera verdad) que el Estado debe profesar una religión…
¿Qué sería de una nación sin Dios?
No sería en nada superior a una reunión de brutos buscando la satisfacción de sus intereses sensuales.
El desprecio de los derechos de Dios traería aparejado el desprecio de todos los derechos, y engendraría la tiranía y la anarquía.
La religión, es el primer fundamento del orden social. Réstanos ahora demostrar que el Estado debe profesar la religión Católica.
2º La sociedad, como individuo, debe practicar la religión promulgada por Dios.
Es así, que el culto exigido por Dios es el de la verdadera religión, el de la religión Católica.
Luego el Estado, como tal tiene la obligación de ser Católico.
Tales son las enseñanzas del Papa León XIII:
“Así como a nadie le es permitido el descuidar de sus deberes para con Dios, y el mayor de todos los deberes es el de abrazar con alma y corazón la religión, no aquella que cada uno prefiera, sino la que Dios ha prescripto y que pruebas ciertas e indudables acreditan como única verdadera, del mismo modo las sociedades políticas no pueden, sin cometer un crimen, proceder como si Dios no existiera, o prescindir de la religión como de algo extraño e inútil, o admitir una indiferentemente, según su propio gusto. Al honrar a la divinidad deben seguir estrictamente las reglas y el modo según las cuales Dios ha declarado que quiere ser honrado…” (Immortale Dei).
7º Errores modernos acerca de las relaciones entre la Iglesia y el Estado.
Racionalismo, Naturalismo, Liberalismo:
a) Nociones generales.
Los errores modernos llevan diferentes nombres, pero brotan todos de la misma fuente: el racionalismo.
Los católicos admiten dos órdenes de verdades: las que se conocen por la razón y las que Dios enseña por la revelación.
1º El racionalismo no admite mas que las verdades demostradas por la razón, y rechaza las verdades reveladas.
Para él, la razón es la única fuente de lo verdadero y de lo falso, del bien y del mal; ella basta al hombre para conseguir su último fin.
Et racionalismo ha producido otro error, o más bien se ha desenvuelto con otro nombre: el naturalismo.
2º El naturalismo niega lo sobrenatural y no reconoce más que la naturaleza y sus fuerzas. En el fondo, éstos dos errores son idénticos: consisten en deificar la razón humana, en negar el orden sobrenatural, la revelación, el milagro, la divinidad de Jesucristo y de su Iglesia.
Como la encina viene de la semilla, así del racionalismo ha nacido el protestantismo. Después de haber negado la autoridad de la Iglesia.
Lutero admitió, como única fuente de verdad, la Biblia sometida al libre examen, que es interpretada por la razón individual. Pero las interpretaciones arbitrarias de la Escritura, la multiplicación de las sectas, las discusiones sin tregua y sin salida hicieron que la misma Biblia fuera rechazada como Libro Divino. Así fue negada la revelación entera.
En los siglos XVI y XVII se llamaba a los racionalistas incrédulos y escépticos: incrédulos, porque se negaban a creer en la palabra de Dios; escépticos, porque después de haber negado la revelación, ponían en dudas las verdades naturales. Se calificaban a sí mismos de espíritus fuertes, porque pretendían elevarse por encima de las creencias del vulgo…
En el siglo XVIII, estos incrédulos se dieron el nombre de filósofos. Los sofistas Voltaire, Rousseau, Diderot, d´Alembert, Helvecio, etc., declaman a cual más alto, contra la superstición, el fanatismo, la ignorancia, los prejuicios… En sus labios, estas palabras indican la religión revelada, la Iglesia, sus dogmas, su moral, etc.
El filosofismo del siglo XVIII no eran más que un racionalismo teórico, la Revolución fue el racionalismo práctico.
La declaración de los derechos del hombre fue:
1º, una apostasía social;
2º, la negación de los derechos de Dios, de su Cristo y de su Iglesia;
3º, la sustitución de la autoridad de Dios por la autoridad del hombre… Los inmortales principios del 89, las ideas modernas, el derecho nuevo, no son sino las doctrinas del racionalismo.
Algunos católicos ingenuos se obstinan en no querer ver en la Revolución más que el derrumbamiento de las monarquías absolutas y el establecimiento del sufragio popular, la introducción de la igualdad política, civil, etc.
Todas estas cosas no son más que accesorios de la Revolución, cuya esencia es la apostasía social.
“La Revolución, decía de Maistre, es esencialmente satánica”.
Durante la Restauración, los nombres de Filosofía y Revolución habían perdido su prestigio. Eran odiosos al poder porque recordaban las desgracias de la Casa de Francia. El racionalismo tomó entonces un nombre nuevo: se llamó Liberalismo.
3º El liberalismo, en su sentido más general, exagera la libertad humana con detrimento de la autoridad divina, la libertad del pueblo con detrimento de la autoridad soberana.
El liberalismo, en el sentido más vulgar, es el sistema que proclama al hombre esencialmente libre, independiente de toda autoridad divina y religiosa.
“Los que son los partidarios del naturalismo y del racionalismo en filosofía, esos mismas son los autores del liberalismo en el orden moral y civil, porque introducen en las costumbres y en la práctica de la vida los principios establecidos por los partidarios del naturalismo[León XII, Encíclicas Libertas].
b) Refutación del liberalismo.
La palabra liberalismo tiene diversos significados:
1º Se llama liberalismo, en oposición al conservadorismo, a las partidos políticos y a los sistemas económicos que propician la libertad comercial, industrial o civil.
2º Se llama también liberalismo, con relación al absolutismo, a los sistemas de gobierno en que el poder soberano está limitado por una: Constitución.
Nos es imposible hacer una nómina completa de lo que, con razón o sin ella, se titula liberalismo. Lo que nos importa conocer es el liberalismo condenado por la Iglesia.
El liberalismo es una doctrina moral que consiste en excluir del gobierno civil toda influencia religiosa particularmente la de la verdadera religión, de las Iglesia Católica.
Es la independencia absoluta del Estado con relación a la Iglesia en el sentido de la opresión de la segunda por el primero.
Es la separación de la Iglesia y del Estado. El principio liberal puede expresarse también de esta manera: El hombre, en todo lo que es legislación y administración civil, debe prescindir por completo de la Iglesia y de Jesucristo.
El liberalismo contemporáneo tiene tres grados principales:
1º El liberalismo radical o absoluto quiere la supremacía del Estado y la opresión de la Iglesia.
2º El liberalismo moderado quiere la separación completa de la Iglesia y del Estado.
3º El liberalismo “católico” admite esta separación, no como principio, sino como método práctico.
1. El liberalismo absoluto no es más que el naturalismo o el librepensamiento.
Rechaza el orden sobrenatural y toda religión positiva. Considera la revelación divina, la intervención directa de Dios en nuestros destinos como un atentado a la dignidad y a la razón humanas.
No admite más que el orden natural: para él, Dios no existe, no se cuida del mundo. El hombre puede, con las solas fuerzas de la naturaleza, conocer toda verdad. La razón le basta: ella es el único árbitro de lo verdadero y de lo falso, del bien y del mal; ella es ley de sí misma, y conduce al hombre a su fin, con tanta seguridad como el instinto conduce al bruto al suyo.
Tal es la doctrina del naturalismo.
El liberalismo aplica estos principios al orden social. Si el individuo es, en realidad, independiente de Dios y de la religión, el hombre colectivo debe serlo igualmente, y las leyes civiles, como las ciencias, deben substraerse a toda regla religiosa. Los hombres, por la naturaleza, nacen libres, y por el contrato social crean la sociedad.
El Estado, representación y personificación de todas las voluntades individuales, está investido de la omnipotencia. El Estado no reconoce derecho alguno que esté obligado a respetar, ni derecho natural, ni derecho positivo divino, ni derecho eclesiástico: todas sus determinaciones, cualesquiera que sean, obligan de suyo: la ley civil crea el derecho.
La razón humana era, antes del pacto social, absolutamente libre y autónoma en el individuo. Ella conserva en la colectividad, con el nombre de Estado, la misma independencia, la misma autonomía: es el Estado que se substituye a Dios: es el Estado-Dios. Los autores más modernos designan este sistema con el nombre de estadolatría, la adoración del Estado. Es el paganismo con todos sus horrores.
Este sistema es un verdadero ateísmo práctico y social. Es la negación social de Dios y de su ley, negación que se encubre con el nombre equivoco de secularización o de laicismo y que se aplica a todos los elementos de la organización social.
El Estado debe ser esencialmente laico, es decir, ateo.
Hay que substraer de la influencia de la religión las escuelas, la beneficencia, la ciencia, la legislación, y hasta la misma familia. Es la secularización o laicización universal[Véase BENIOT. Los errores Modernos].
Refutación de este sistema.
Está basado en el ateísmo, en la independencia del hombre, en la negación del orden sobrenatural y de todo lo que con él se relaciona: divinidad de Jesucristo, institución divina de la Iglesia, etcétera.
Pues bien, hemos probado ya la existencia de Dios, de la revelación, de la religión positiva y la obligación que el hombre y la sociedad tienen de profesar esta religión divina, que nos es enseñada por el Magisterio infalible de la Iglesia.
Finalmente, hemos demostrado que la Iglesia es una sociedad perfecta, independiente, infinitamente superior al Estado, que está subordinado y debe respetar sus derechos.
El liberalismo es, pues, un crimen contra Dios, cuyo dominio, derechos y aun existencia, niega; un crimen contra la sociedad, cuyos fundamentos socava; un crimen contra los individuos, a los que retorna a la antigua esclavitud[Extracto de Moulart].
Objeciones.
1º La Iglesia está en el Estado; luego, el Estado tiene el derecho de gobernar a la Iglesia.
Habría que decir, con mayor propiedad, que el Estado está en la Iglesia porque ella salva todas las fronteras y todas las naciones están en la Iglesia como las partes en el todo.
O, si se quiere, la Iglesia está en el Estado como el alma en el cuerpo, con una vida superior e independiente del cuerpo en sus funciones propias.
2º El Estado se encuentra cohibido por la Iglesia si no tiene acción sobre ella y no puede imponerle sus leyes.
¿Acaso la acción de Constantino, de Carlomagno, de San Luis, de San Esteban, estuvo cohibida por la Iglesia?…
Es indudable que si el Estado permite que se conculquen los derechos de la justicia, se topará con la Iglesia en su camino, y esto podrá contrariarlo.
Pero ¿de quién es la culpa?
La injusticia ¿es acaso un derecho? ¿Por ventura los jefes de Estado no están, como sus súbditos, obligados a obedecer las leyes de Dios?
Si la Iglesia debe al César lo que es del César, el César debe a Dios lo que es de Dios, y es la Iglesia la encargada de recordarle sus deberes, como se los recuerda a los súbditos.
El liberalismo moderado;
deja a los individuos la libertad de ser cristianos en la vida privada, pero no en la vida pública.
Afirma que el Estado no debe tener en cuenta a la Iglesia, y que es independiente de toda autoridad sobrenatural.
“De acuerdo con este sistema, dice León XIII, las leyes divinas deben regular la vida y conducta de los particulares, pero no la de los Estados.
Es permitido en los negocios públicos apartarse de las órdenes de Dios y legislar sin tener en cuenta a Dios. De ahí nace esta consecuencia perniciosa: la separación de la Iglesia y del Estado”.
Para este liberalismo, la Iglesia y el Estado constituyen dos sociedades extrañas y separadas la una de la otra. Muchos liberales quieren que la Iglesia sea libre, pero la mayoría no reconoce a la Iglesia los derechos propios de una sociedad perfecta e independiente.
La miran como una sociedad espiritual restringida al dominio único de la conciencia, y que interiormente no puede gozar de verdadera autoridad legislativa, judicial y represiva. Es la negación del reinado social de Jesucristo y de los derechos de la Iglesia.
Refutación de este liberalismo.
1º Es contrario a los derechos de Dios;
porque la sociedad, lo mismo que el individúo, no puede sacudir la obligación que el Creador le ha impuesto de practicar la verdadera religión.
2º Es contrario a los derechos de Jesucristo;
porque es la negación del reinado social de Cristo, a quien el Padre dio todas las naciones en herencia.
3º Es contrario a los derechos de la Iglesia;
cuyo imperio se extiende no solamente sobre los individuos, sino también sobre los pueblos y sus jefes…
Estos últimos tienen la obligación de reconocer la autoridad espiritual de la Iglesia y le deben ayuda y protección para el desempeño de su misión. Tal es el plan de Dios, y es un crimen ir contra él…
4º Es contrario a los derechos de los súbditos;
porque si el Estado está directamente encargado de velar por los intereses materiales de sus súbditos, debe también proteger sus derechos y sus intereses religiosos para ayudarlos a obtener el último fin.
5º Es desastroso para la sociedad;
porque tiende a la destrucción de la religión y del sentimiento religioso de los pueblos, mediante la igualdad de los cultos. Pues bien, una sociedad sin religión es una sociedad sin buenas costumbres, sin principios de justicia, entregada al capricho del más fuerte, a las malas pasiones, a todos los desórdenes y a todas las revoluciones.
Objeción.
En los Estados Unidos de Norte América, el Estado está separado de la Iglesia y, sin embargo, el catolicismo prospera.
Es falso que en los Estados Unidos exista la separación de la religión y del Estado, en el sentido de nuestros revolucionarios.
Si el Estado americano no se une a ninguna Iglesia (Católica o protestante), tampoco se desentiende de la religión.
Lejos de ser ateo, es religioso, aún más es cristiano, puesto que tiene por base del orden social las creencias del Cristianismo.
La legislación proclama el respeto que se debe a Jesucristo y los tribunales castigan la blasfemia pública.
Hasta hoy, cada año el Presidente prescribe a todos sus súbditos un día de ayuno y de abstinencia; fija otro día para dar gracias a la Providencia por sus beneficios. Antes de comenzar la sesión en el Parlamento, el capellán recita una oración.
La ley del domingo o del descanso dominical se observa rigurosamente.
Si el clero no es retribuido, es porque el Estado no le ha robado, como en Francia y en otras partes, sus bienes.
El Estado respeta las fundaciones hechas en favor de las Iglesias. Los miembros del clero, por motivo de sus funciones, están exentos del servicio militar.
El poder represivo de cada Iglesia es reconocido por los tribunales.
Las órdenes religiosas y los establecimientos católicos gozan de la mayor libertad y obtienen fácilmente personería jurídica. Esta separación, por tanto, es precisamente lo contrario de todo lo que desean los liberales de las naciones latinas.
El liberalismo “católico”;
que con más propiedad puede llamarse liberalismo práctico, admite en principio, la subordinación del Estado a la Iglesia, pero en la práctica prefiere la separación con la mutua independencia de ambos poderes.
No reclama, pues, la separación de la Iglesia y del Estado como principio, sino como una determinación de prudencia; aconsejada por los intereses de la religión.
Los católicos liberales invitan a la Iglesia a aceptar las libertades modernas; porque, dicen ellos, la verdad es suficientemente fuerte de suyo para triunfar del error. Este liberalismo tiene por blanco la famosa fórmula:
“La Iglesia libre en el Estado libre”.
Refutación del Liberalismo Católico.
La subordinación del orden natural al orden sobrenatural, del Estado a la Iglesia, es una verdad práctica que impone deberes destinados a regular los actos del hombre, y no está permitido eludir las obligaciones que Dios impone. El deber ante todo.
Por otra parte, la sabiduría de Dios no quedaría bien parada si hubiera hecho una ley cuya aplicación fuera más nociva que útil a la religión y a los intereses espirituales de la humanidad.
Finalmente, la separación no es provechosa para la Iglesia ni para el Estado: la historia lo prueba, y el siglo actual tiene de ello una triste experiencia.
Con toda razón, por consiguiente, este liberalismo ha sido condenado por Pío IX en el Syllabus y por León XIII en la Encíclica Libertas.
Combatiendo al liberalismo, la Iglesia se muestra verdadera protectora de la sociedad y de los pueblos.
N. B. Este error ha dado existencia a una moral muy cómoda: la del hombre doble.
En su hogar, el hombre doble pretende ser cristiano, pero en público ignora si existe Cristo.
Como feligrés, saluda constantemente a su cura; como consejero municipal expulsa de las escuelas a los religiosos y a los crucifijos.
El viernes, su esposa sirve manjares de vigilia; en casa de un amigo come carne. Cumple el precepto pascual, pero sigue suscripto al diario materialista.
Padrino, reza su Credo sin tropezar; elector, vota por un liberal o por un hombre sin religión, etcétera.
El hombre doble ha existido siempre; lo que es nuevo es la doctrina que pretende justificarlo. Antes se le despreciaba como cobarde e hipócrita; hoy se le pondera como hombre hábil. Tales son los frutos del liberalismo.
Pero el hombre doble no es cristiano, ni siquiera es honrado. El hombre honrado no tiene más que una palabra, el cristianismo no tiene más que una consecuencia.
El cristiano, en su hogar, es cristiano; en público, es cristiano; profesor, es cristiano; concejal, es cristiano; diputado, es cristiano; abogado, médico, notario, es cristiano.
Nunca llamará extranjero al Papa, Vicario de Jesucristo; no aceptará nunca un duelo; no alabará el divorcio, no figurará en un entierro civil. Jamás sus actos y palabras estarán en contradicción con el Evangelio; y si comete una falta, se humillará y confesará.
c) La Iglesia y las libertades modernas.
El liberalismo es padre y autor de las pretendidas libertades modernas, que proclama como grandes e inmortales conquistas de nuestro siglo. Por desgracia, confunde la libertad con la licencia. Por eso creemos necesario dar una verdadera noción de la libertad; así será más fácil, después de refutar los errores que se esconden bajo el nombre de libertades modernas.
La libertad, en general, es el poder que posee la voluntad para determinarse a sí misma, para querer o no querer, para querer una cosa u otra.
Vamos a considerar la libertad en su naturaleza íntima y en su objeto.
I. Tres obstáculos pueden entorpecer el ejercicio de la voluntad:
1º una causa intrínseca;
2º una causa extrínseca física;
3º una causa extrínseca moral.
De donde, por oposición, se originan tres clases de libertad.
1º La libertad natural o libre albedrío es, para la voluntad, el poder intrínseco de determinarse espontáneamente, de elegir una cosa con preferencia a otra, sin ser forzada por las inclinaciones de la naturaleza.
El libre albedrío es la condición y la razón de ser de todas las otras libertades. Esta libertad del fuero interno existe, aun en el fondo de una mazmorra, aunque la libertad exterior esté coartada.
Se puede obligar al cuerpo, pero no a la voluntad. Dios mismo la respeta: ayuda al hombre, pero no le fuerza. El libre albedrío es el principio del mérito o demérito de nuestros actos.
En la vida temporal el hombre posee la libertad de elegir entre el bien y el mal; sin embargo, lo que constituye la esencia de la libertad es el poder de determinarse por sí mismo, y no el poder de elegir lo malo.
Dios es libre y no puede elegir más que lo bueno. El poder de hacer el mal es una imperfección; como lo es para el cuerpo la posibilidad de estar enfermo, y para la inteligencia la posibilidad de errar. Lo que constituye la nobleza del hombre es el poder obrar libremente el bien.
2º La libertad física o corporal es la exención de todo constreñimiento o violencia exterior que fuerce al hombre, no le impida obrar a su gusto.
Esta libertad es la plena y entera disposición de su cuerpo y de sus órganos: el prisionero y el paralítico no gozan de esta libertad.
3º La libertad moral es el poder y el derecho de hacerlo que no es contrario ni a la ley natural ni a la ley positiva.
Toda ley justa es una necesidad moral que encadena la voluntad por las órdenes o prohibiciones que impone. De hecho, la libertad no es la independencia; sólo Dios es independiente.
El hombre es libre, pero debe someterse a Dios y a todo poder que emane de Él.
Debe conformar sus actos a la ley moral so pena de apartarse do su último fin.
Luego no debemos confundir la libertad física con la libertad moral, el poder con el derecho.
Criatura dependiente, debo ajustarme a la ley natural y a la voluntad de mi Creador.
II. También se distinguen, por el objeto, varias clases de libertad:
1º La libertad religiosa consiste en la facultad de poder cumplir, sin trabas, todos nuestros deberes para con Dios. Es la verdadera libertad de conciencia que los Mártires han sellado con su sangre.
2º La libertad civil o social es el derecho de ejercer todos los derechos propios de la naturaleza humana, sin verse cohibido en ello por el poder o por sus conciudadanos. Incluye la libertad de la persona y de sus actos, el derecho de poseer, de testar, de fundar y gobernar por la constitución del Estado.
En virtud de esta libertad, los ciudadanos de una nación tienen el derecho de nombrar por voto sus representantes; de elegir la forma de gobierno que mejor les convenga, y de fiscalizar y discutir los actos de se gobierno.
La Iglesia no condena esta libertad; enseña que el poder viene de Dios, pero que pertenece a los hombres el designar los representantes.
Acepta todas las formas de gobierno, con tal que los derechos sagrados de la religión sean respetados.
La Iglesia es la primera en imponer a los ciudadanos, como un deber de conciencia, el ejercer sus derechos de electores; pero les advierte que serán responsables ante Dios del voto depositado en la urna.
De este votó dependen la suerte del país, el porvenir de los niños, la paz pública, la buena administración de los negocios del Estado, el libre ejercicio de la religión.
Las precedentes libertades, aprobadas y defendidas por la Iglesia, son atropelladas por los Estados liberales, que propenden a absorber, en una centralización universal, los más inviolables derechos de los individuos, de las familias, de los municipios y de las sociedades particulares.
Para los liberales, la palabra libertad es sinónimo de independencia absoluta, especialmente en sus relaciones con Dios y con la religión.
“Según estos incrédulos no hay, en la práctica, ningún poder divino al cual haya obligación de obedecer, sino que cada cual es ley de sí mismo” (León XIII).
El error del liberalismo está fundado en la confusión del poder y del derecho; confunde el poder que es la libertad física, con el derecho, que constituye la libertad moral.
Si el hombre fuera independiente de su Creador y de sus leyes divinas, tendría derecho para pensarlo todo, para hacerlo todo, para decirlo todo, para escribirlo todo; en ese caso, las libertades modernas serían legítimas.
Pero no es así.
Las principales libertades modernas, son:
a) La libertad de conciencia;
b) La libertad de cultos;
e) La libertad de palabra y de prensa.
a) Según los liberales la libertad de conciencia;
es para cada cual el derecho de pensar y obrar a su antojo en todo la que se relaciona con Dios y con la religión: es el Librepensamiento.
Esta libertad de conciencia supone, o bien que no hay ley para la dirección de la conciencia, o bien que el hombre tiene derecho para independizarse de ella.
Estas afirmaciones son absurdas porque la primera, se funda en la negación del orden moral; la segunda se resuelve en el derecho al error y al mal.
Pero nadie puede negar la ley moral ni admitir para el hombre el derecho de engañarse y de hacer el mal; luego, la libertad de conciencia no es más que una locura, y el Papa Pío IX tenía razón cuando la llamaba un delirio del hombre y una libertad de perdición [Véase Liberatore. La Iglesia y el Estado].
b) Según los liberales la libertad de cultos;
es para el individuo el derecho de abrazar y propagar la religión que más le agrade, verdadera o falsa, o de no profesar ninguna.
Es para el Estado el derecho de no rendir a Dios ningún culto social.
De aquí que los liberales atribuyan al Estado la obligación de proteger igualmente a todas las religiones.
Esta libertad de cultos es mala:
1º, Porque niega la dependencia del individuo y de la sociedad con relación a Dios, lo que es absurdo.
2º, Niega la existencia de la religión positiva y sobrenatural.
Pero es un hecho histórico que Dios ha hablado e impuesto al hombre un culto determinado: que ha establecido una Iglesia con el poder de enseñar la verdadera religión.
Por consiguiente, el único culto que se puede aprobar es el culto sancionado por la Iglesia, e impuesto por Dios.
Los racionalistas pueden negar estas verdades, pero no podrán nunca destruirlas, como no podrán nunca eclipsar la luz del sol.
c) La libertad de palabra y de prensa es el pretendido derecho que cada cual tiene de decir y publicar todo lo que le agrade, bueno o malo.
Esta falsa libertad es contraria a la ley natural, que no permite igualar el error con la verdad, el bien con el mal.
Pervierte la inteligencia porque pocos hombres tienen la facultad de dedicarse al estudio y distinguir un razonamiento de un sofisma. Corrompe el corazón, porque los hombres se sienten inclinados a aceptar fácilmente las teorías que favorecen o halagan sus pasiones.
La libertad de prensa, concedida a los enemigos de la religión, de la moral y del orden público, es un azote terrible para la sociedad.
El diario es un maestro cuya tiranía fatalmente sufre el lector; es un abogado poco leal, que seduce al pueblo con la mentira y la calamidad.
Ni que hablar hoy de la televisión. La autoridad tiene el deber de no abandonar al pueblo a merced de hábiles embusteros.
Conclusión: La tesis y la hipótesis.
1º Las libertades modernas son, por consiguiente, malas en sí mismas y funestas en su resultado.
Son un atentado contra el derecho de la verdad y del bien, un veneno para la inteligencia y la voluntad, un peligro para la existencia misma de la sociedad.
Los anarquistas de todos los países no hacen más que poner en práctica los principios del liberalismo.
2º Estas libertades modernas, condenadas por la Iglesia son, por tanto, malas; tal es el principio, tal es la tesis.
Pero hay circunstancias de tiempo o de lugar que permiten, en conciencia, tolerar, conservar, y hasta defender estas libertades; tal puede ser la aplicación del principio, tal es la hipótesis.
Esta distinción del principio y de su aplicación es muy corriente en la vida práctica. Así, por ejemplo, corregir a un niño es el deber del padre: tal es la tesis. Corregirlo en tal circunstancia, puede ser una imprudencia: tal es la hipótesis.
Los alimentos son necesarios para la vida: es la tesis; pudieran ser un veneno para el enfermo: es la hipótesis. La verdad posee derechos imprescriptibles, pero pudiera ser imprudente el reclamar siempre su riguroso ejercicio.
3º El Papa León XIII (Encíclica Libertas), admite esta distinción entre la tesis y la hipótesis, y permite tolerar las libertades modernas.
Es indudable que entre los males hay que elegir el menor, y que uno puede legítimamente tolerar un mal menor para evitar uno mayor.
En una nación donde estas libertades están escritas en la Constitución y han pasado a la vida práctica, querer abolirlas sería exponer al Estado a peligros temibles. Hay que recordar que podría ser fatal aplicar a un enfermo el régimen de los sanos. Por consiguiente, la tolerancia del mal es, a veces, necesaria.
Conclusiones prácticas.
I. Deberes de los gobernantes.
1º En país exclusivamente Católico, el gobierno debe proteger la religión y mantener entre sus súbditos la unidad de fe, que es el fundamento de la unidad social.
Debe, pues, proceder contra los perturbadores que intenten introducir el cisma o la herejía.
2º En un país donde el Catolicismo tiene que convivir con sectas disidentes, el gobierno debe favorecer la religión Católica; pero puede, en vista de un mayor bien, o por evitar un mayor mal, tolerar la existencia de los falsos cultos, con tal que éstos sean inofensivos. Es lo que se llama tolerancia civil.
3º Ni en los países infieles, ni menos en los países herejes, la autoridad civil tiene el derecho de impedir que la religión Católica se propague por medio de la persuasión.
“Los infieles que resisten a la Iglesia y aquéllos que proscriben la predicación del Evangelio, no cometen culpa alguna mientras de buena fe estén convencidos de la verdad de su culto y se crean obligados a defenderlo.
Pero se hacen culpables desde el momento mismo en que, surgiendo la duda, en vez de procurar sinceramente resolverla, continúan en su resistencia, cerrando obstinadamente los ojos, a la luz de la verdad que les es ofrecida” (Rutten).
II. Deberes de los católicos.
1º Si tienen la dicha de vivir en un país donde la Iglesia Católica es la religión del Estado, con exclusión de los falsos cultos, deben mantener esta situación como la mejor de todas; no deben aceptar sino leyes Católicas. En una casa donde reine la pureza de las costumbres, se tiene gran cuidado de cerrar la puerta a los hombres perversos.
2º Si los católicos son gran mayoría, su religión debe ser favorecida; si no lo es, si todos los cultos reconocidos gozan de igual consideración ante la ley, como en Francia desde 1830, los católicos se sujetarán a las necesidades de los tiempos en que viven.
Pero, se cuidarán muy bien de pensar ni decir que semejante situación es la mejor; proclamarán francamente los verdaderos principios, la verdad integral, y no descuidarán nada que pueda contribuir a mejorar esta situación por medios legales. Es para ellos un deber estricto el elegir para senadores y diputados a verdaderos católicos.
3º Bajo el poder de un gobierno en que la religión verdadera está oprimida, los católicos deben reclamar la libertad y preferir la libertad de cultos a la persecución: es un mal menor.
Todas estas conclusiones están basadas en el principio de que sólo la verdad tiene derechos y el error no los tiene. Una sociedad será tanto más perfecta cuanto mayor libertad deje al bien y cuanto más restrinja, dentro de los límites de lo posible, la libertad del mal.
Los católicos tenemos la gran dicha de ir directamente al cielo antes que otras religiones, éso si nos comprometemos seriamente con nuestra religión. Pero, tendremos que rendir más cuenta de nuestros actos, porque a quién más se le dió, más se le pedirá.
Frases y Dichos
La belleza que atre rara vez coincide con la belleza que enamora.(José Ortega y Gasset)
La mejor crema de belleza es una conciencia limpia. (Arletty)
Que me disculpen las feas; pero la belleza es fundamental. (Vinicius de Moraes)
La humanidad es como es. No se trata de cambiarla, sino de conocerla. (Gustavo Flaubert)
Una mentira adecuadamente repetida 1.000 veces se convierte en una verdad. (Goebbles)
Peores son los odios ocultos que los descubiertos. (Séneca)
Si una espina me hiere... me alejo pero no la aborrezco. (Amado Nervo)
Con todos los respetos del mundo, nose como as podido perder el tiempo escribiendo eso, porque la verdadera religion es el *ISLAM* !! mira este video, y ve como el cristiano esse no tiene ni la minima idea de quien es dios.
ResponderEliminarhttp://www.youtube.com/watch?v=6T7MPuXZiC4
ALLAH U AKKBAR!
Ahhh por cierto, con esse viedo miles y miles de cristianos se convertieron en el Islam
ResponderEliminarQue Allah los guie en el buen camino*